socio-trabajador

vicherga

Nuevo miembro
Socio que comienza a realizar actividades remuneradas para la sociedad, encuadrado en el Regimen de Autónomos por poseer el control efectivo de la sociedad por parentesco.
No es el administrador. Dudas:
En su nómina, ¿que retención se le aplica? el mínimo del 15% o según tablas.
¿la retribución será como minimo la de convenio para el trabajo que desempeña?
¿hay que ponerle como salario en especie el boletín de autónomos que le paga la sociedad?
¿hay que hacer contrato de trabajo y registrarlo en el INEM? (no está en el Regimen General, está en Autónomos).
 

CHARO

Miembro conocido
Se le aplica IRPF según tabla. Es conveniente ajustar el sueldo a la actividad que realiza según convenio, debido a la nueva ley operaciones vinculadas. No se presenta contrato en el INEM.
Y sí, si la cuota de autónomos la paga la empresa, informasela en la nómina como rendimiento en especie.
 
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