SOLAPARA CONTRATO PRACTICAS Y BECA

IVO

Miembro conocido
Buenas tardes,

se podria plantear que una empresa contrate a un trabajador en practicas 6 meses y que durante esos 6 meses, uno solape una beca de practicas no remuneradas cotizando por el la entidad educativa?

Una empresa plantea contratar julio-agosto, septiembre hace beca (esta estudiando y necesita hacer practicas ese mes) y luego en octubre volveria.

Otra opcion que veo seria eventual 2 meses, la beca y luego un contrato en practicas y ya de ahi si quieren seguri con el transformacion en indefinido bonificado. Se tendria que apuntar al parto antes del contrato en practicas para luego poder ser bonificado?

¿Como veis el planteamiento?
 

Wastual

Miembro
El alta en el sistema de Seguridad Social de quien realiza prácticas no remuneradas, si estás son de Formación Profesional o universitaria (así como artísticas o deportivas), sólo se lleva a cabo, por así estar expresamente recogido en la DA 52ª de la LGSS, si no están ya incluidos en algún régimen de manera previa al inicio de las mismas.

Por tanto, la opción que propones de cursar baja al finalizar el mes de agosto y antes de empezar con las mismas, podría entenderse como una actuación fraudulenta y proceder a regularizarse y sancionarse. Desde mi punto de vista, teóricamente, es un riesgo fundado y existente ("me ahorro un mes de cotización"), otro aspecto es que "te toque" la correspondiente actuación revisora de la Inspección o Tesorería.

Además de lo anterior, se añade el hecho absolutamente conocido por todos ya de tener la causa de temporalidad correctamente justificada y documentada para que el contrato temporal "veraniego" previo tenga razón de ser.

¿No existe posibilidad alguna de acordar con el centro educativo correspondiente la realización de PFNR en el mes de julio? Es que, para el empleador, sería la opción de menor riesgo y, además, con ventajas considerables: prácticas como becario -"sin coste"- + contrato para la obtención de práctica profesional + posible indefinido -y, encima- bonificado. Pero atención: este itinerario solo es posible si las prácticas son curriculares, desprendo que así es de tu comentario.
 

IVO

Miembro conocido
El alta en el sistema de Seguridad Social de quien realiza prácticas no remuneradas, si estás son de Formación Profesional o universitaria (así como artísticas o deportivas), sólo se lleva a cabo, por así estar expresamente recogido en la DA 52ª de la LGSS, si no están ya incluidos en algún régimen de manera previa al inicio de las mismas.

Por tanto, la opción que propones de cursar baja al finalizar el mes de agosto y antes de empezar con las mismas, podría entenderse como una actuación fraudulenta y proceder a regularizarse y sancionarse. Desde mi punto de vista, teóricamente, es un riesgo fundado y existente ("me ahorro un mes de cotización"), otro aspecto es que "te toque" la correspondiente actuación revisora de la Inspección o Tesorería.

Además de lo anterior, se añade el hecho absolutamente conocido por todos ya de tener la causa de temporalidad correctamente justificada y documentada para que el contrato temporal "veraniego" previo tenga razón de ser.

¿No existe posibilidad alguna de acordar con el centro educativo correspondiente la realización de PFNR en el mes de julio? Es que, para el empleador, sería la opción de menor riesgo y, además, con ventajas considerables: prácticas como becario -"sin coste"- + contrato para la obtención de práctica profesional + posible indefinido -y, encima- bonificado. Pero atención: este itinerario solo es posible si las prácticas son curriculares, desprendo que así es de tu comentario.
Gracias por el comentario. Comentare a ver si es posible lo de que haga practicas como becario tambien en julio y hacer luego lo de contrato de adquisicion de practica profesional y transformacion en indefinido. Tal como me lo han dicho parece que no puede ser pero que lo intenten...
Pero si no hace falta dar de alta como becario si ya esta de alta en el regimen general. podria hacerse ya uno de adquisicion de practica profesional con una titulacion reciente que tiene y estar asi 6 meses y luego que lo transformen ¿no?
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que sí hay que dar de alta aunque esté trabajando en otro sitio, esto lo que haría es exención para no cotizar por la beca.
 
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Wastual

Miembro
Gracias por el comentario. Comentare a ver si es posible lo de que haga practicas como becario tambien en julio y hacer luego lo de contrato de adquisicion de practica profesional y transformacion en indefinido. Tal como me lo han dicho parece que no puede ser pero que lo intenten...
Pero si no hace falta dar de alta como becario si ya esta de alta en el regimen general. podria hacerse ya uno de adquisicion de practica profesional con una titulacion reciente que tiene y estar asi 6 meses y luego que lo transformen ¿no?
Hola de nuevo,

Como bien dice el compañero @fundación, se me olvido mencionar que efectivamente existe la obligatoriedad de cursar el alta en el CCC especial creado al efecto para las PFNR, pero el sistema detectará el solape de periodos y no se generará liquidación cuando se solicite el borrador (sin perjuicio de tener que anotar los números de días de prácticas).

Así las cosas , si no hay posibilidad de realizar las prácticas en el mes de julio, la opción más prudente es CFOPP más posible transformación en indefinido bonificada, con el simultaneo de este alta con el anterior por su condición de becario en el mes que finalmente se concrete, siempre que la normativa y el centro formativo "no pongan pegas". Es decir, laboral y socialmente no hay problema en emplear un tiempo de trabajo que implica cursar un alta "ordinario" (por decirlo de alguna forma) como forma de cumplir las prácticas curriculares que exige el itinerario formativo en cuestión, pero respecto a la normativa sectorial de educación (que desconozco) no se si esto será válido (supongo que sí).
 
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IVO

Miembro conocido
Hola de nuevo,

Como bien dice el compañero @fundación, se me olvido mencionar que efectivamente existe la obligatoriedad de cursar el alta en el CCC especial creado al efecto para las PFNR, pero el sistema detectará el solape de periodos y no se generará liquidación cuando se solicite el borrador (sin perjuicio de tener que anotar los números de días de prácticas).

Así las cosas , si no hay posibilidad de realizar las prácticas en el mes de julio, la opción más prudente es CFOPP más posible transformación en indefinido bonificada, con el simultaneo de este alta con el anterior por su condición de becario en el mes que finalmente se concrete, siempre que la normativa y el centro formativo "no pongan pegas". Es decir, laboral y socialmente no hay problema en emplear un tiempo de trabajo que implica cursar un alta "ordinario" (por decirlo de alguna forma) como forma de cumplir las prácticas curriculares que exige el itinerario formativo en cuestión, pero respecto a la normativa sectorial de educación (que desconozco) no se si esto será válido (supongo que sí).
Gracias por la respuesta y aclaracion.
 
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