Subrogación empresa pero no trabajadores

Mr. White

Miembro activo
Clo dijo:
Me acaba de llegar un caso parecido:
Acaban de despedir a todos los trabajadores, y ahora hay que darlos de alta de nuevo en la misma actividad, mismo centro de trabajo, diferente empresa explotadora.
Me pregunta si los que estaban antes ahora los podemos hacer temporales, o fijos bonificados.
Los nuevos entiendo que sí se podría, una cosa y la otra, pero los que acaban de despedir, entiendo que tendrían que ser fijos y bonificarlos me parece muy arriesgado,... como lo veis?
Que paséis un buen día!

Tufo del bueno. Meter encima bonificaciones,.... es echar gasolina al fuego...
 

Ro

Miembro activo
Con respecto al segundo post totalmente de acuerdo.
En cuanto al primero, me estás diciendo que una empresa no puede despedir a un trabajador este reclama, acepto improcedencia y pago?? Cuál es el problema? Si fuese así no de dónde han salido los millones de parados de este país ;)
 

Ro

Miembro activo
Sería correcto si lo hace la segunda en el primer día de trabajo pero no si lo hace la primera? Pregunto, no afirmo, es que no le veo la diferencia al hecho en sí.
 

Mr. White

Miembro activo
Ro dijo:
Con respecto al segundo post totalmente de acuerdo.
En cuanto al primero, me estás diciendo que una empresa no puede despedir a un trabajador este reclama, acepto improcedencia y pago?? Cuál es el problema? Si fuese así no de dónde han salido los millones de parados de este país ;)

No entendí bien, Ro, pensaba que después de despedirlos la "vieja" los volvía a contratar la "nueva" libre de cargas (esto es, sin antigüedad, derechos adquiridos,....).

En cualquier caso, si la "vieja" despide y ya está la situación que da a pie a la subrogación legal, el trabajador podría demandar por despido tanto a la "nueva" (por despido táctito: me tienes que subrogar y dar trabajo y no lo haces) como a la "vieja" (por el despido expreso que se comunique), lo normal es a las dos a la vez.

Otra cosa será que en la práctica haya gente que prefiera quedarse la indemnización e ir al paro a demandar a su "nueva" empresa y empezar con los líos.

Tampoco hay que olvidar que hay responsabilidad solidaria de las obligaciones posteriores a la transmision si hay delito penal y un delito es imponer "mediante engaño o abuso de situación de necesidad, a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual".
 

Clo

Nuevo miembro
El caso es:
Empresa A despide a sus trabajadores y los indemniza
Empresa B se queda con la explotación y contrata a los trabajadores que estaban antes, libre de cargas, desde cero (eso se cree el empresario).
Intenté explicarle al empresario el tema de la sucesión de empresas y se enfadó conmigo, me trataba de boba, a ver si yo no entendía que los trabajadores habían sido despedidos e indemnizados,... En fin,...
 
Arriba