subrogaciones

AMATEUR

Nuevo miembro
Buenas tardes, me ha surgido un caso de una subrogación y me surge alguna duda al respecto, a ver si alguien fuera tan amable de aclarármela.
Cuando una empresa subroga a un trabajador, tiene que mantener las mismas condiciones laborales que tenia antes de la subrogación, eso es claro.
Pero, a la hora de hacerle el finiquito correspondiente, tengo que abonar los días de vacaciones no disfrutadas que le queden? supongo que sí, es lo lógico.
Pero, esa es mi duda, a la empresa entrante ¿sólo le corresponde hacerse cargo de la parte proporcional de vacaciones a partir de la fecha de la subrogación?

Gracias
 

AMATEUR

Nuevo miembro
Buenos días,  mi duda de ayer era una tontería, creo que es de cajón que cada empresa tiene que hacerse cargo de la parte proporcional de vacaciones, pagas extra, salario, etc... necesito vacaciones


Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues no es tan baladí lo qeu comentas: entiendo que el trabajador debe realizar las vacaciones cuando le toque, sin finiquito alguno. Otra cosa es lo que la empresa saliente deba abonar como compensación a la nueva.
 

campus34

Miembro conocido
Creo que el tema es que lo que llamamos subrogar no es en sí subrogar.
Lo que se hace en este caso es que por mutuo acuerdo un empleado deja una empresa para trabajar en otra.
De hecho veras que si intentas subrogar ese contrato en el SEPE no te lo permiten.
Por tanto, debe ser proporcional al periodo en cada compañia.
Un saludo
 

ferrarito

Nuevo miembro
Yo he tenido varios casos, y siempre he actuado de la misma manera, y nunca he tenido problemas.

Supongamos que el cambio de empresa ocurre el día 1 de julio de 2016.
Yo hago un finiquito, pagando la parte proporcional de las pagas extras hasta el 30-06-2016 y vacaciones si no se han disfrutado.
La nueva empresa empezará a pagar a partir del 1 de julio 2016, con sus correspondiente vacaciones y pagas extras, sabiendo que hasta el 30-06-2016 lo habrá pagado o liquidado la otra empresa.

 

Sadie

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Pues no es tan baladí lo qeu comentas: entiendo que el trabajador debe realizar las vacaciones cuando le toque, sin finiquito alguno. Otra cosa es lo que la empresa saliente deba abonar como compensación a la nueva.

Fernando, ¿cómo se haría esa compensación?. Es que yo tengo tengo la misma duda en un subrogación que vamos a hacer próximamente. Lo había preguntado en un post y Ro me había dicho que el trabajador tenía que tenerlas disfrutadas. Estoy un poco confusa, entonces ¿las tiene que tener disfrutadas o podría la empresa saliente compensarnos?. No creo que la empresa saliente se las tenga que abonar en el finiquito porque entiendo que el trabajador tiene derecho a disfrutar sus vacaciones y no tiene culpa de que  salga una licitación y la adjudiquen a otra empresa distinta.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Por acuerdo entre ambas empresas: el trabajador hace 15 días que tocaban en mi parte de año y yo te lo compenso.
 

Sadie

Miembro activo
Gracias, Fernando. Entonces se puede firmar un acuerdo entre empresa subrogante y subrogada llegando a ese acuerdo y eso sería perfectamente legal, correcto?
 

pablo

Nuevo miembro
Lo que propone Sadie a mi me ha sucedido, hace unos años, remitiéndonos, eso si, unilateralmente, unos talones compensatorios por cada trabajador. Se los devolví con la indicación de que debían liquidar la parte proporcional de las vacaciones, con el consiguiente cabreo del personal de RRHH supongo, aunque así lo hicieron.
Pero esa es mi opinión, y me gustaría saber si la propuesta de Sadie es viable, siempre es bueno contar con alternativas.

Saludos veraniegos.
 
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