Subvencion contratacion indefinida.

Juan Miguel

Nuevo miembro
Hola, una CB en estimación objetiva, recibe una subvencion por contratación indefinida, entiendo que los comuneros en su IRPF deberan de declarar la parte proporcional de la subvencion como mayor rendimiento de la actividad, pero lo que no me queda claro es si lo deben imputar el 100% en un mismo año, o deben de prorratear la subvención en los 4 años de permanencia del trabajador a los que obliga la concesión de subvencion.
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Venga, dadme alguna opinión. No se si declarar el ingreso integro con reducción del 40% por rendimiento irregular el un solo ejercicio o aplicarlo proporcionalmente cada año hasta los 4 años de compromiso de permanencia en la empresa.
 

Raquel GR

Miembro activo
Yo no tengo ni idea Juan Miguel, de fiscal no tengo ni idea, pero teniendo en cuenta que la subvención como no los mantengas durante los 4 años la tienes que devolver entera que no te quedas con la parte proporcional... pues igual tienes que imputarla entera en el año que te la han concedido, no? y lo de el mantenimiento de empleo durante cuatro años es un requisito para que te quedes esa subvención, pero nada más..... no es que se genere en cuatro años, no sé, digo yo...

A ver si alguien que sepa te dice algo
 

Juan Miguel

Nuevo miembro
Pues lo mismo pienso yo Raquel, pero he llamado a la AEAT dos veces y he obtenido dos respuestas antagónicas, así que ya ves. En fin, yo creo que al subvencionar un gasto corriente lo computo en un ejercicio con reducción del 40% y ya esta.
Gracias en todo caso.
Saludos.
 
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