Persona física con empresa convenio colectivo siderometalurgia. Fallece el empresario, se produce subrogación empresarial asumiendo la empresa con trabajadores garantizandoles derechos y obligaciones.
Se constituye una sociedad y se cambia el objeto social que pasa a ser de comercio. Se le explica a los trabajadores lo que pasará y que se procederá a reestructurar recibos salariales conforme al nuevo convenio garantizando ad personam sus condiciones económicas más beneficiosas.
Según el artículo 44.4 ET ¿es correcta esta actuación? ya que aplicamos un nuevo convenio que debe regir en la nueva actividad según su declaración censal y objeto social.
¿podría aplicarse cláusula de absorción compensación hasta que los salarios del nuevo convenio alcanzaran los que estos trabajadores consolidaron y tienen como condición ad personam?
¿es coherente aplicar reestructuración del recibo salarial para conformarlo conforme al nuevo convenio?
Un saludo y por favor me gustaría la máxima colaboración, es un tema para mi deligado y que se me escapa. GRACIAS
Se constituye una sociedad y se cambia el objeto social que pasa a ser de comercio. Se le explica a los trabajadores lo que pasará y que se procederá a reestructurar recibos salariales conforme al nuevo convenio garantizando ad personam sus condiciones económicas más beneficiosas.
Según el artículo 44.4 ET ¿es correcta esta actuación? ya que aplicamos un nuevo convenio que debe regir en la nueva actividad según su declaración censal y objeto social.
¿podría aplicarse cláusula de absorción compensación hasta que los salarios del nuevo convenio alcanzaran los que estos trabajadores consolidaron y tienen como condición ad personam?
¿es coherente aplicar reestructuración del recibo salarial para conformarlo conforme al nuevo convenio?
Un saludo y por favor me gustaría la máxima colaboración, es un tema para mi deligado y que se me escapa. GRACIAS