suspensión de la ejecución laboral via 244

capdep

Miembro
Hola buenos días. El conjunto de los trabajadores de una empresa contra la cual se ha instado la ejecución de la sentencia ha solicitado la suspensión de la misma vía artículo 244.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, por poner en juego la viabilidad de sus relaciones laborales. Empresa y ejecutante estan emplazadas al trámite de audiencia. A la empresa le interesa la suspensión, ¿En que consiste exactamente el trámite de audiencia? ¿Hay que aportar alguna documentación? Gracias por la ayuda.
 

FERNANDO

Miembro conocido
El trámite de audiencia se lleva a cabo delante del secretario judicial. En él, las partes exponen las razones para proceder a la suspensión (la ejecución  puede, efectivamente, poner fin a las relaciones laborales de los trajadores por no poder llevar adelante la empresa. La suspensión puede durar hasta tres meses.

Más interesante es la posibilidad de transacción que establece el art 246 de la LRJS. Según el cual, puedes hacer convenio con la parte ejecutada, en el sentido de aplazar la deuda e incluso reducirla mediante convenio entre las partes.
 
Arriba