Suspensión del periodo de prueba en IT

pajarillo

Miembro conocido
Ay Dios mío....

Tengo un caso de un trabajador en el que el contrato establece, La situación de I.T., o accidente de trabajo, no interrumpe ni la duración de este contrato, ni el periodo de prueba.

Y el convenio dice: La situación de Incapacidad Temporal que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpe el cómputo del mismo.

¿Qué norma tiene preponderancia en este caso?.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo de siempre:
Si es una "mejora", contrato manda más que convenio. Si es una "peora", convenio manda más que contrato.

Como en este caso eso de la duración del periodo de prueba (derecho que ampara a ambas partes, empresa y trabajador), según cuando y como se aplique, puede ser tanto "mejora" como "peora", hay que estar al resultado. Solo es legal la interpretación MÁS FAVORABLE a los intereses del trabajador.
 

pajarillo

Miembro conocido
Muchas gracias. Veo en este caso que la empresa está atrapada haga lo que haga.
El trabajador está de baja de IT, y la empresa quiere darle de baja por no superación de periodo de prueba.
Si le ponen no superación del periodo de prueba ahora, el trabajador reclamará despido por vulneración de lo que dice el convenio.
Y si se esperan a que coja el alta médica, se arriesga a que haya transcurrido el periodo de prueba inicialmente pactado, y reclame despido por vulnerar lo que dice el contrato. :unsure:
 

Nana

Miembro conocido
Pajarillo, para la próxima cambiad la clausula del contrato y te evitas estos malos ratos ;)
 

Cachilipox

Miembro conocido
El importe de la indemnización, por las pocas semanas que lleva, debe ser ínfimo. Y quizás ni siquiera reclama.....
Si el trabajador realmente no vale para el puesto, lo mejor es librarse, aunque sea pagando.
Y dejarse de meter cláusulas raras en los contratos.
 

pajarillo

Miembro conocido
Vamos a intentar evitar la improcedencia, ya que la empresa tiene intención de solicitar subvenciones por contratación indefinida de otros trabajadores, y esas subvenciones tienen exclusión en caso de que la empresa tenga despidos improcedentes en los 12 meses anteriores.

Entiendo que esta cláusula del contrato redactada de la siguiente manera no tendría problema.

La situación de incapacidad laboral transitoria que afecte al trabajador durante el periodo de prueba no interrumpe el cómputo del mismo, excepto en aquellos casos en los que el convenio colectivo de aplicación disponga otra cosa, en que se estará a lo dispuesto a este respecto en el convenio colectivo.

Esta cláusula tiene su sentido en cuanto que no se te enquisten absentistas profesionales y poder instar la resolución del contrato (empresa con mucha rotación, y que se suele encontrar a este tipo de personal),.....mientras el convenio no diga lo contrario.....;)
 

Nana

Miembro conocido
Pero pajarillo, esa clausula parece la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte 😅😅

¿¿No quedaría algo más sencillo toda la frase en positivo y dejarnos de negativas y pasivas reflejas?? ;)

Tipo: el periodo de incapacidad temporal (contingencia tanto común como profesional), baja por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento previo, riesgo durante el embarazo o lactancia, suspenden el periodo de prueba.

O si solo quieres que sea la IT la que interrumpe, pues pon algo así: solo interrumpirá el periodo de prueba la situación de IT

Piensa que cuanto más claro, más sencillo

:)
 
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