SUSPENSION DE PRESTACION CESE ACTIVIDAD AUTONOMO

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
En el caso de que se este cobrando la prestación de cese de actividad, me doy de nuevo de alta en autónomos y dos meses después me doy de baja ya que el trabajo es esperodico? Puedo suspender la prestación de cese y luego reanudarla o tengo que tener en cuenta de nuevo los requisitos para tener derecho.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Se puede suspender y reanudar.
Hasta que no acumules un nuevo derecho a prestación, sigue vigente la antigua prestación reconocida y suspendida.
Eso si, en la segunda baja para la reanudación, la causalidad de la baja debiera ser habilitante para dicha prestación, o sea, causa involuntaria.
No es complicado justificar, pero no es tan simple como ir haciendo altas y bajas a libre disposición.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Se puede suspender y reanudar.
Hasta que no acumules un nuevo derecho a prestación, sigue vigente la antigua prestación reconocida y suspendida.
Eso si, en la segunda baja para la reanudación, la causalidad de la baja debiera ser habilitante para dicha prestación, o sea, causa involuntaria.
No es complicado justificar, pero no es tan simple como ir haciendo altas y bajas a libre disposición.
Claro , eso es a lo que me refiero. Es decir tenías que tener de nuevo perdidas .
 

Cachilipox

Miembro conocido
No tiene porque ser la misma causa.
Puedes haber accedido a la prestación por pérdidas.
Y una vez la tienes, suspenderla por ejercer una actividad económica, y finalizar la actividad por voluntad del cliente, o por extinción del objeto del contrato mercantil con el cliente.
Si bien esta segunda causa de cese de actividad no sería válida para un reconocimiento nuevo de la prestación, al ser un cese por causa ajena a la voluntad del autónomo, es perfectamente válida como para solicitar la reanudación de la prestación ya reconocida.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
No tiene porque ser la misma causa.
Puedes haber accedido a la prestación por pérdidas.
Y una vez la tienes, suspenderla por ejercer una actividad económica, y finalizar la actividad por voluntad del cliente, o por extinción del objeto del contrato mercantil con el cliente.
Si bien esta segunda causa de cese de actividad no sería válida para un reconocimiento nuevo de la prestación, al ser un cese por causa ajena a la voluntad del autónomo, es perfectamente válida como para solicitar la reanudación de la prestación ya reconocida.
Ya, pero eso seria si solo tienes un cliente? Es decir un unico trabajo? Que firms un contrato mercantil?
Y cuales son los pasos para pedir la suspension?
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Acreditar el inicio y el fin de trabajo? Y que solo te das de alta para ese trabajo? Es como si fueras un autonomo dependiente? Darse de alta como autonomo dependiente registrando el contrato?
No se si estoy mezclando cosas?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Estás mezclando cosas.
Eso sí, como la cosa realmente es bastante discrecional de cada mutua, unas pueden no pedir nada, y otras pueden pedir múltiples acreditantes.
Realmente la normativa no exige ni excluye ninguna casuística concreta. Tan solo habla de incompatibilidad y reanudación.
Pero se entiende que "el espíritu de la normativa" es que si estás en cese (el primero o los sucesivos siguientes), sea por causa involuntaria.
Como la prestación por desempleo del RG, que tras una dimisión baja voluntaria no podrías reanudarla.

En el caso que planteas, de una vez reconocido el cese de actividad, volver a una situación de alta 2 meses, y luego retornar al cese, es factible.
Pero claro, si al final resulta que vas interrumpiendo de forma reiterada, y la mutua pregunta y te solicita datos de facturación, y se ve que es una actividad habitual y continuada, aunque con una cierta cadencia episódica, pues se podría interpretar como que realmente estás desarrollando una actividad continuada, y que buscas simultanear prestación y actividad.

Piensa que la prestación incluye el compromiso de búsqueda activa de trabajo, sea por cuenta propia o ajena. Pero esa búsqueda la debes poder acreditar en el caso.

No tengo oído que una vez reconocida la prestación las mutuas se metan mucho en eso. Ponen todas las dificultades y rigurosidades en el reconocimiento inicial.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Estás mezclando cosas.
Eso sí, como la cosa realmente es bastante discrecional de cada mutua, unas pueden no pedir nada, y otras pueden pedir múltiples acreditantes.
Realmente la normativa no exige ni excluye ninguna casuística concreta. Tan solo habla de incompatibilidad y reanudación.
Pero se entiende que "el espíritu de la normativa" es que si estás en cese (el primero o los sucesivos siguientes), sea por causa involuntaria.
Como la prestación por desempleo del RG, que tras una dimisión baja voluntaria no podrías reanudarla.

En el caso que planteas, de una vez reconocido el cese de actividad, volver a una situación de alta 2 meses, y luego retornar al cese, es factible.
Pero claro, si al final resulta que vas interrumpiendo de forma reiterada, y la mutua pregunta y te solicita datos de facturación, y se ve que es una actividad habitual y continuada, aunque con una cierta cadencia episódica, pues se podría interpretar como que realmente estás desarrollando una actividad continuada, y que buscas simultanear prestación y actividad.

Piensa que la prestación incluye el compromiso de búsqueda activa de trabajo, sea por cuenta propia o ajena. Pero esa búsqueda la debes poder acreditar en el caso.

No tengo oído que una vez reconocida la prestación las mutuas se metan mucho en eso. Ponen todas las dificultades y rigurosidades en el reconocimiento inicial.
Si, claro. Por eso pensaba que mezclaba cosas
Era las duda que se me planteaban porque ya sabes. La gente quiere hacerlo de una manera reiterada. Yo soy cosas que no quiero responder con rotundidad de que puedes suspender varias veces y casi continuada la prestacion
 
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