suspension del contrato por mutuo acuerdo

SOFIA

Nuevo miembro
quisiera información sobre los derechos y deberes de ambas partes durante una suspensión del contrato pactado de mutuo acuerdo. La empresa debe seguir cotizando aunque no pague sueldo? sigue contando el tiempo para la antiguedad del trabajador?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A nivel de cotización, si se trata de un permiso sin sueldo, se le mantiene de alta cotizando por la base mínima (a diferencia de si se tratara de una excedencia, en cuyo caso se causaría baja y posterior alta, sin cotización durante ese periodo).

Saludos
 

SOFIA

Nuevo miembro
pero si no es excedencia?  sólo que la empresa cierra por unos meses y pacta con el trabajador suspender su contrato por ese tiempo, debe cotizar igual por el?
 

aprendiz

Miembro
El E.T. en el art. 45.1.a) establece la suspensión por mutuo acuerdo.

Los derechos de la suspensión se establecen de acuerdo entre las partes.

A nivel de cotización se da de baja con clave 74 (suspensión del contrato) y no hay que seguir cotizando.

Un saludo.
 

depaula

Nuevo miembro
Si, lo que dice Nando es en el caso en que el trabajador no se dé de baja en la seguridad social. Si se le da de baja, no cotiza.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, si le das de baja no cotizas.
Si esta situacion va a durar varios meses, entiendo que es lo más práctico.
Lo del permiso sin sueldo puede ser una buena solución cuando se trata de periodos de inactividad más cortos (unos días, unas pocas semanas, un mes), ya que para la empresa supone la obligación de seguir cotizando (si hablamos de varios meses el coste es considerable).
En todo caso, hay que ver si el convenio de aplicación contempla y regula estos supuestos.

Saludos
 
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