sustitución interinidad y finalización

Neolab

Miembro
Buenas tardes!!

A ver si me podríais ayudar u orientar si os habéis encontrado con un caso similar.

Autónoma de cooperativa de trabajo que es maestra, se le solicita el riesgo por embarazo y se realiza contrato de sustitución, hasta ahí bien.
La señora da a luz y no nos avisa, no se ponen de acuerdo, bomba de humo y estrellas fugaces... con los plazos por cumplir realizamos la solicitud de maternidad y nuevo contrato de sustitución (Por suerte es el mismo trabajador quien sustituye por la maternidad). En el IDC aparecen las bonificaciones correctas hasta la fecha del fin de prestación por maternidad ¿Cuál es el problema? que resulta que en verano no tienen clases y cierran ¿Qué pasa con ese trabajador? ¿tiene que seguir hasta que finalice la maternidad? entiendo que no se le le puede dar por finalización de curso porque esta sujeto a la duración de la baja. El cliente espera una respuesta pero no le veo buen color ¿se me escapa algo? ¿Cómo lo veis?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Me parece a mi que un fijo discontinuo, durante el periodo de inactividad, no tiene reserva de puesto de trabajo (bueno, sí la tiene, pero suspendida).
Así que la causalidad de esa interinidad es desde el nacimiento hasta el inicio habitual y previsible del pase a inactividad, y si la cosa dura, desde la llamada y reactivación hasta fin permiso nacimiento.

Por analogía, supongamos un contrato temporal legal, con la debida causalidad. De 12 meses de duración. La trabajadora tiene el parto justo al inicio del mes 10.
Su periodo de baja permiso nacimiento es de 16 semanas (hasta el mes 14), pero su contrato finaliza el mes 12.
La reserva de puesto de trabajo, que es lo que trae causa del contrato de interinidad, es solo y durante los meses 10 y 11. El día 365 finaliza contrato temporal, y finaliza contrato interinidad, aunque la trabajadora siga de baja maternal.

Bueno, ese sería mi razonamiento. Puede que la jurisprudencia o la doctrina diga otra cosa.
 

Neolab

Miembro
La persona sustituida es autónoma así que, aunque exista el parón en la actividad, no hay un cese efectivo. Mi duda es si se puede finalizar el contrato cuando se cierre la actividad aunque la persona a la que sustituye nunca la cese y su baja por maternidad continúe.
El centro esta cerrado, no hay un lugar al que ir a trabajar. ¿ es justificable la finalización del contrato de interinidad antes de la reincorporación efectiva de la autónoma?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Huy.
Chunchun!
Cooperativa de trabajo en RETA.
Creo que eneste caso, la interinidad se debe aguantar todo el periodo IT.
Los contratos de interinidad NO se anidan a la actividad concreta de la persona, sino al hecho de que esa persona mantenga reserva del puesto de trabajo.
Si en este caso la cooperativa habitualmente cesa la actividad en periodo estival, pero no puedes acreditar que los socios trabajadores cursan baja con esa periodicidad.....
 

Neolab

Miembro
¿Cómo de kamikaze sería sugerir el despido? no tengo claro las repercusiones a nivel de bonificación
 
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