sustitución vacaciones?

msalem

Miembro
Buenas tardes
en relación al contrato de sustitución de vacaciones tengo varios supuestos:
1.- empresa que quiere dar de alta un trabajador para sustituir las vacaciones de otro pero quiere darlo de alta 3 semanas antes del inicio de vacaciones del compañero, según ellos para formarlo y que vaya conociendo el producto... lo ven justificado un alta 3 semanas antes de la sustitución en sí o demasiada premura?...

2.- por otra, un contrato para sustituir vacaciones de varios trabajadores pero entre un trabajador y otro puede llegar hasta casi un mes de diferencia, aquí sería mejor varios contratos o uno solo, porque tanta diferencia entre uno y otro no lo veo justificado tampoco....

como lo ven uds??

gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes
en relación al contrato de sustitución de vacaciones tengo varios supuestos:
1.- empresa que quiere dar de alta un trabajador para sustituir las vacaciones de otro pero quiere darlo de alta 3 semanas antes del inicio de vacaciones del compañero, según ellos para formarlo y que vaya conociendo el producto... lo ven justificado un alta 3 semanas antes de la sustitución en sí o demasiada premura?...

2.- por otra, un contrato para sustituir vacaciones de varios trabajadores pero entre un trabajador y otro puede llegar hasta casi un mes de diferencia, aquí sería mejor varios contratos o uno solo, porque tanta diferencia entre uno y otro no lo veo justificado tampoco....

como lo ven uds??

gracias
Yo no lo veo. Ninguna de las dos cosas. Tres semanas me parece mucho. Lo que me parece una cuestión interesante es saber si para este tipo de contratos podrían coincidir el trabajador que se va de vacaciones y el que entra al menos un tiempo razonable justificándolo en el contrato, o esto quedaría totalmente descartado y no deben estar los dos ni mucho ni poco.
 

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
1. Veo normal y necesario que la nueva persona y la que marcha de vacaciones coincida en el traspaso de información. Otro tema es el tiempo de duración de esta coincidencia. Personalmente 3 semanas no lo veo excesivo (y en algunos sectores puede ser incluso poco)
2. Aquí me genera más dudas, porque sería difícil justificar esas semanas en las que no se está sustituyendo a nadie.

Dicho esto, espero, deseo e imploro que durante este año 2022 hay un poco de mancha ancha con todas estas cuestiones de contratos temporales.
 

MarLo

Miembro conocido
Muy buenas
1. Veo normal y necesario que la nueva persona y la que marcha de vacaciones coincida en el traspaso de información. Otro tema es el tiempo de duración de esta coincidencia. Personalmente 3 semanas no lo veo excesivo (y en algunos sectores puede ser incluso poco)
2. Aquí me genera más dudas, porque sería difícil justificar esas semanas en las que no se está sustituyendo a nadie.

Dicho esto, espero, deseo e imploro que durante este año 2022 hay un poco de mancha ancha con todas estas cuestiones de contratos temporales.
Coincidimos en el punto 2, pero en el 1 veo que no. En el contrato de interinidad tenemos como referencia 15 días que son los que permiten coincidir. Por lo tanto todo lo que exceda de esto ya sería mucho coincidir. Al margen de esto, tengo muchas dudas de que se pueda hacer utilizando un contrato temporal de la nueva reforma laboral, que son los indicados para estas situaciones de cubrir vacaciones. Pero es una buen cuestión esta, si se podría defender al menos que durante un tiempo mínimo de dos o tres días coincidiesen el que se va de vacaciones y el que entra a sustituirlo, tanto a la salida de vacaciones como a la entrada. A ver si algún compañero da más opiniones.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Punto uno: no lo veo porque de la actual normativa no alcanzo a interpretar tal cosa( como si lo especifica el de interinidad) aunque seria justo y lógico peeeroo...
Punto 2:desde mi punto de vista coincidencia exacta de dias de vacaciones con contrato del sustituto o sustitutos y mas flexibilidad con la jornada que por ejemplo el de interinidad
 
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