sustitucion embarazo de riesgo y luego maternidad

YOLI

Miembro activo
hola a todos,

al final este tema quedó en que sí que se podía sustituir de forma bonificada a la misma persona que estaba sustituyendo el embarazo de riesgo?

hay que dar de baja en RED por fin de sustitución por embarazo de riesgo y luego la mando un día al paro verdad para volverla a sustituir bonificada por maternidad verdad?
 

YOLI

Miembro activo
pero creo que esto al final lo rectificaron. Si algun compañero sabe sobre este tema ruego me oriente un poco porque yo tengo entendido que al final rectificaron este tema.
 

Inma.2

Miembro conocido
lo modificaron, sí que se puede bonificar la misma persona, yo lo que he hecho es:

1º.- En TGSS no modifico nada, lo he dejado como estaba (hice un CASIA y así me lo dijeron...)
2º.- Hago 2 contratos, el primero por SUPLENCIA RIESGO EMBARAZO y otro por SUPLENCIA NACIMIENTO, con sus respectivas comunicaciones a Contrat@

recuerda que el trabajador debe ser menor de 30 y desempleado
 

YOLI

Miembro activo
si lo modificaron, yo lo que he hecho es:
1º.- En TGSS no modifico nada, lo he dejado como estaba (hice un CASIA y así me lo dijeron...)
2º.- Hago 2 contratos, el primero por SUPLENCIA RIESGO EMBARAZO y otro por SUPLENCIA NACIMIENTO, con sus respectivas comunicaciones a Contrat@

recuerda que el trabajador debe ser menor de 30 y desempleado
entonces no finiquitaste ni enviaste al paro un día por lo que veo. En RED no comunicaste nada? solo los tramos de cierre de embarazo de riesgo y el nuevo tramo de maternidad?

con respecto al SEPE hiciste un contrato nuevo de maternidad y lo comunicaste bonificado y no te dio error?
 

Inma.2

Miembro conocido
entonces no finiquitaste ni enviaste al paro un día por lo que veo. En RED no comunicaste nada? solo los tramos de cierre de embarazo de riesgo y el nuevo tramo de maternidad?

con respecto al SEPE hiciste un contrato nuevo de maternidad y lo comunicaste bonificado y no te dio error?
disculpa Yoli, lo he comentado con mi compañera y al final no lo hicimos porque el mismo día que se contrataba por RIESGO dió a luz la otra trabajadora, y al final lo anulamos todo y lo hicimos como SUPLENCIA por NACIMIENTO, lo que te he explicado es como habíamos decidido cursarlo pero al final no se llevó a cabo, siento no poder ayudarte más....
 
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Argi

Miembro conocido
Hola
Lo de que no puede haber estado vinculado a la empresa anteriormente se mantiene. Lo que ha cambiado es el sinsentido de que el contrato de sustitución por riesgo computara para lo anterior. Por lo tanto, puede ser la misma persona la que sustituya el riesgo y la maternidad, y sería bonificado si cumpliera con el resto de requisitos.
La logística sería la misma que anteriormente: un alta en TGSS, un solo contrato especificando que ambas partes se vinculan para cubrir tanto el riesgo como la posterior maternidad y dos comunicaciones a los servicios públicos de empleo, vía Contrat@: una para el riesto y otra para la maternidad.
 
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