SUSTITUCION TRABAJADORA RIESGO EMBARAZO Y MATERNIDAD

GEMMAMAT

Nuevo miembro
BUENAS TARDES:
UNA TRABAJADORA FUE SUSTITUIDA EN SU MOMENTO POR OTRA PERSONA DESEMPLEADA PARA SUSTITUIRLA POR PERIODO DE RIESGO DE EMBARAZO Y ASI PODER TENER LA BONIFICACION.

HOY LA SUSTITUIDA HA DADO A LUZ, ASI QUE LE HE DICHO A LA EMPRESA QUE LA SUSTITUTA DEBE SER BAJA Y QUE MAÑANA SE INSCRIBA COMO DEMANDANTE DE EMPLEO PARA ASI EL MIERCOLES 12 DARLA DE ALTA PARA SUSTITUCION DEL PERIODO DE BAJA DE MATERNIDAD Y ASI PODER TENER DERECHO A LA BONIFICACION.

LO VEIS CORRECTO, NO??

LE HE DICHO A LA EMPRESA QUE LE DIGA A LA TRABAJADORA QUE HA DADO A LUZ QUE CUANDO ANTES LES APORTE LA BAJA DE MATERNIDAD , PARA ASI PODER INFORMAR A LA MUTUA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo lo veo correcto.
Nunca me he encontrado con el caso de sustitución por baja por riesgo durante el embarazo, pero sí por baja por IT previa a maternidad, pero entiendo que la dinámica es la misma ya que, aún con  unas mismas sutitutas y sutituídas, las causas de temporalidad, aunque relacionadas, son distintas, requieren contratos independientes y, para la bonificación, es requisito que la sustituta esté registrada como demandante de empleo (aunque sólo sea por un día, es más, algunos creen que podría incribirse el mismo día de causar alta con el nuevo contrato. Yo, por si acaso, no me arriesgo, y, aunque parezca un simple "paripé", hago que permanezca inscrita como demandante de empleo un día, el que media entre el fin del contrato previo y el alta del nuevo).

Saludos
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Muchas gracias, yo tampoco me he encontrado en este caso, si con la IT y luego maternidad.

Así que, voy a proceder a realizarlo de esta forma.

Gracias de nuevo.

 

CHARO

Miembro conocido
A mi si que se me ha dado el caso GEMMAMAT y efectivamente el proceder es el que dices, baja del contrato de interinidad por sustitución por riesgo del embarazo y alta en el INEM para darla de alta con nuevo contrato de sustitución por maternidad.
 

Clo

Nuevo miembro
Exacto. La única precaución que se recomienda es que esté un día desempleada y alta al día siguiente (no el mismo día).
El problema que te encuentras ahora en estos casos (yo he tenido un montón, se ve que aquí la gente está más animadilla!), es que antes la trabajadora estaba un solo día sin trabajar, pero ahora hay que solicitar cita previa para inscribirse como demandante. Esto provoca que entre que una tiene el bebé, la otra pide cita y se la dan, puede estar unos cuantos días sin poder trabajar,...
Saludos,
 

CHARO

Miembro conocido
Clo, yo doy el alta aunque la trabajadora aún no haya presentado la baja de maternidad en el INSS, en ese impas te viene el aviso de que quizás esa bonificación no sea correcta, pero luego lo soluciono con el escrito, cuando a ellos ya les consta que está presentada la maternidad y de esa manera la sustitución es desde casi el mismo día. Yo con mi Tesorería al menos, no he tenido ningún problema haciendolo así.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Charo, buenos días:

Como realizas el alta , vía winsuite o vía on line??

Si la realizo vía on line , claro, no me dejará pasar de pantalla porque me indica que no hay bonificación
Y si lo hago vía winsuite, solo me da tiempo para 10 dias y si la trabajadora no lo ha presentado al inss en ese periodo, puede que se me pase el plazo de subsanación de errores, no??

 

CHARO

Miembro conocido
Yo la envio vía wuinsuit, pero no me da error, solo que al presentar el archivo fan, me dice que se están aplicando unas bonificaciones que podrían no ser correctas y que generarían una deuda, lo que luego soluciono con el escrito que te comentaba, al menos eso hice la última vez, claro que de eso hará unos 6 meses, no sé si ahora te da error el alta.
 

Sergei

Miembro conocido
Tramité una a principios de enero mediante el envío de archivo por winsuite y en el plazo de los 10 días no tramitó tampoco la maternidad con lo que tube que hacer un 410 sin bonificación y me lo arreglaron después presentando un escrito.
No tenía mucha prisa en presentar la maternidad ya que no presentó la solicitud hasta el 21 de enero habiendo tenido el bebé a finales de diciembre.
 

toni

Miembro conocido
Cuando os pase eso, que la trabajadora no haya presentado aun la prestacion de maternidad, dar de alta vosotros por SUSPENSIONES POR PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN el inicio de la maternidad y os cojera la bonificacion sin problemas.

Saludos.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Hola , a raiz de este caso , me he enterado de una cosita , y es que en el caso de que la maternidad venga precedida de un riesgo de embarazo y la misma trabajadora que la estaba sustituyendo , lo va hacer con la maternidad, solamente haría falta informar la maternidad en Sistema Red- Inscripción y afiliación-Actualizaciones-Suspensiones por Prestaciones de corta duración. Vamos, que no haría falta darla de baja, inscribirse como demandante de empleo y darla de alta.

Le he dicho a la chica que me ha atendido, que yo tenia entendido que debería estar inscrita como demandante de empleo ya que es otro tipo de sustitución, y me dice: "ay!!!aqui ya hemos pasado por todas las situaciones, y ahora toca esta, pero que si la das de baja , se inscribre como desempleada y la vuelves a dar de alta , también está bien."

Como aún no tengo la baja maternal de la trabajadora me ha dado la siguiente solución( ya que la que va a sustituir ya está inscrita desde hoy ) , me ha dicho que: la dé de alta por winsuite, que me dará 10 dias para subsanar y cuando tenga fisicamente la baja maternal que se la pase a la mutua , que la mutua cierre el proceso de riesgo  y luego yo que informe por sistema red on line la baja de maternidad para poder subsanar el alta.

No se , si os he liado más o que, pero vamos....todo, esto!! Para obtener la bonificación de cuotas.
jejeje

UFFFFFFF
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Gemma,  pues primera noticia! Hasta ahora tenía que volver a inscribirse porque era otro contrato que exigía ese requisito! Estamos de acuerdo que era una tontería, así que sería lógico que lo hubiesen modificado,... pero el tema es tan delicado que me daría un poco de miedo,...
Charo, yo lo que decía era que quedara un día en situación de desempleada, y tramitar el ta2 al día siguiente de inscribirse como demandante de empleo.
Cuando la trabajadora no ha presentado su maternidad, lo hago como dice Toni, y ya lo puedes bonificar.
Saludos,
 

CHARO

Miembro conocido
Es que Clo, yo desconocía lo que dice Toni, por eso no lo acababa de entender :'(
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
LA VERDAD ME HE QUEDADO  :eek: :eek: :eek:...PERO VAMOS!!!YO POR SI ACASO, CUANDO SE ME VUELVA A PRESENTAR OTRO CASO ASÍ, VOLVERÉ A LLAMAR AL SISTEMA RED, PARA VER EN ESE MOMENTO , COMO DEBO PROCEDER....

 

manolo

Miembro activo
Tal como dice Toni, hay una opcion en el RED, que se llama SUSPENSIONES POR PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN , entras, le indicas que la trabajadora x esta en situacion de baja por maternidad y ya puedes tramitar el alta online que te coge la bonificacion, sin tener que esperar a que la trabajadora presente su baja y la grabe el INSS.
 

lubo

Miembro
A mi me está pasando que la trabajadora sustituye a la autónoma titular.

Por lo que veo lo de SUSPENSIONES POR PRESTACIONES DE CORTA DURACIÓN solo se puede cuando se sustituye una trabajadora en régimen general y no cuando se sustituye a la autónoma ...

Salvo que haya otra opción no me quedará más remedio que darla de alta sin bonificación y hacer un escrito a Tesorería  :-\
 
P

PepaPalma

Guest
Pues yo acabo de tener el mismo caso y en el contrato ya detallé que la iba a sustituir por las dos causas primero riesgo durante el embarazo y después  baja maternal, hable con sistema red y me dijeron que no tenía que hacer nada con el alta inicial es suficiente el contrato es el mismo y la bonificación también.
 
Arriba