He abierto hoy un CASIA para preguntar, pero es que me impaciento sin saber cómo va esta cosa, por si alguno le ha pasado esto y me quiere ayudar.
Tengo un trabajador que se pide la suspensión por nacimiento del crio de 9 semanas, y le vence mañana. El autónomo me lleva preguntando hace unos días que que pasaría si esto y lo otro... y al final ha pasado algo por no hablar antes con el trabajador,... Y es que al final se comunican y el trabajador le dice que ahora se coge 10 días de vacaciones y luego dos semanas más de suspensión. He leido el ET y pone que tiene que avisar con 15 días de antelación al empresario, pero ¿a que día? ¿15 días antes del nacimiento del hijo y plantear todos los fraccionamientos desde el principio, o 15 días antes de cada periodo? Que al final me da igual, porque el problema es decirle al trabajador que los sustituye algo, y eso de los 15 días no nos arregla el problema ahora. Pero es que al hilo de otro tema que abristeis parece ser que el trabajador lo tenía que haber comunicado desde el principio a la seguridad social cómo lo iba a hacer ¿Y si no lo ha hecho, que pasa ahora? ¿no tendrá prestación? ¿tampoco tiene suspensión del contrato?... Buf... Y luego ¿al trabajador sustituto lo tenemos que dar de baja ahora y de alta para la sustitución de vacaciones, y luego de baja y alta para el nuevo periodo de suspensión (si le corresponde al final)? Supongo que lo de las vacaciones, si porque va con otro tipo de contrato.. pero esto es un mierder total y ya no sé si sé nada de algo. ¿Se puede consultar de alguna forma cuantos periodos de suspensión piensa coger el tío este (perdón que me están mareando todos...)?
Tengo un trabajador que se pide la suspensión por nacimiento del crio de 9 semanas, y le vence mañana. El autónomo me lleva preguntando hace unos días que que pasaría si esto y lo otro... y al final ha pasado algo por no hablar antes con el trabajador,... Y es que al final se comunican y el trabajador le dice que ahora se coge 10 días de vacaciones y luego dos semanas más de suspensión. He leido el ET y pone que tiene que avisar con 15 días de antelación al empresario, pero ¿a que día? ¿15 días antes del nacimiento del hijo y plantear todos los fraccionamientos desde el principio, o 15 días antes de cada periodo? Que al final me da igual, porque el problema es decirle al trabajador que los sustituye algo, y eso de los 15 días no nos arregla el problema ahora. Pero es que al hilo de otro tema que abristeis parece ser que el trabajador lo tenía que haber comunicado desde el principio a la seguridad social cómo lo iba a hacer ¿Y si no lo ha hecho, que pasa ahora? ¿no tendrá prestación? ¿tampoco tiene suspensión del contrato?... Buf... Y luego ¿al trabajador sustituto lo tenemos que dar de baja ahora y de alta para la sustitución de vacaciones, y luego de baja y alta para el nuevo periodo de suspensión (si le corresponde al final)? Supongo que lo de las vacaciones, si porque va con otro tipo de contrato.. pero esto es un mierder total y ya no sé si sé nada de algo. ¿Se puede consultar de alguna forma cuantos periodos de suspensión piensa coger el tío este (perdón que me están mareando todos...)?