Tarifa plana antigua autónomos. Lío cuotas.

CC2019

Miembro activo
Buenos días, creo que se ha tratado el tema en otros hilos, pero por no liar aún más la cosa.

Autónoma que causa alta el 1/2/22, se le aplica tarifa plana de 60 euros (que nunca fueron 60, sino 69.61).

En Enero ya le sube la cuota a 108, porque se le actualizó la base de cotización de 960.60 a 1043.21 euros.

En febrero ya le ha subido a 170 y tantos euros, porque ha pasado a la segunda fase en la que del 50% de bonificación pasa al 80%.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Bueno, es lo esperable.
Bonificación del 80 % durante los primeros 12 meses, que finalizaban en enero.
Bonificación 50 % durante 6 meses, que finalizarán en julio.
Y a partir de agosto, la cosa se le pondrían en unos 235 €, previsiblemente.
 

MarLo

Miembro conocido
Lo veo como Cachilipox. Tarifa plana primera año y al entrar en el segundo año (de mes 12 a 18), Bonificación 50%. Del mes 19 a 24 (reducción 30%). Y según la edad se podría prolongar este 30% de reducción a un tercer año

Una duda que me viene ahora a la cachola: Cuando por el nuevo sistema se dice que no se regularizarán periodos de tarifa plana... ¿entendemos que estos periodos de porcentajes de reducción 50% y 30%, pasados el primer año que es tarifa plana "pura" en idc, tampoco se regularizan o sí con la reducción que corresponda a la base mínima?

Es decir, ¿al entrar en las reducciones del segundo año seguimos en situación especial de no regularización?
 

MarLo

Miembro conocido
¿La cachola? Qué es eso? ¿Eres galega?
jajaja... sí, me pasa con trapallada y reseso y unas cuantas más, que las uso en los dos idiomas y creo que las entiende todo el mundo y resulta que no. Cachola es cabeza humana o también la cachucha do porquiño
 

DavidGA

Miembro activo
Lo veo como Cachilipox. Tarifa plana primera año y al entrar en el segundo año (de mes 12 a 18), Bonificación 50%. Del mes 19 a 24 (reducción 30%). Y según la edad se podría prolongar este 30% de reducción a un tercer año

Una duda que me viene ahora a la cachola: Cuando por el nuevo sistema se dice que no se regularizarán periodos de tarifa plana... ¿entendemos que estos periodos de porcentajes de reducción 50% y 30%, pasados el primer año que es tarifa plana "pura" en idc, tampoco se regularizan o sí con la reducción que corresponda a la base mínima?

Es decir, ¿al entrar en las reducciones del segundo año seguimos en situación especial de no regularización?
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Copio una consulta a casia, con algo similar, que inseguridad jurídica por dios
Por tanto es regularizable o no regularizable los períodos de reducción de las tarifas planas anteriores?
 

Cachilipox

Miembro conocido
En ese CASIA dicen una verdad, y una posibilidad.

La parte cierta (pues no hay nada en la norma legal que exima de regularización) es que "en principio" casi todos los autónomos "por cuenta propia" son regularizables, salvo los nuevos tarifas planas primeros 12 meses. (Hay una vía de excepción mediante D.Tª).

La parte posible, pero habrá que ver, quizás, tal vez, es racional, pero en ningún lugar lo dice.....
¿Cuál es "la base mínima que sea de aplicación" a un RETA tarifa plana viejo?
950,98 €?
960.60 €?
960,78 €?
751,63 €?
....
¿Hay una "base mínima absoluta del sistema RETA", o ahora ya todas las bases mínimas son "relativas" en relación al tramo de rendimiento?
 

DavidGA

Miembro activo
¿Hay una "base mínima absoluta del sistema RETA", o ahora ya todas las bases mínimas son "relativas" en relación al tramo de rendimiento?
Para mi, "la base mínima que sea de aplicación" sería la base mínima en relación al tramo de rendimiento definitivo-

Sin embargo creo que van a aplicar las reducciones correspondientes de los tarifa plana viejos sobre la base fija de 950,98 € y sobre la diferencia de base cotizar normal. Explicación: Les conviene para reducir menos
 
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