Tarifa plana

Iker

Miembro
Buenas tardes compañeros,

Tengo una duda y quería saber vuestras opiniones al respecto.

Se trata de una empresa que, en mayo de 2014, sin trabajadores contratados por cuenta ajena, contrata a su primer trabajador indefinido y mediante tarifa plana. Posteriormente contrata a media jornada otro trabajador de forma temporal y para otro puesto de trabajo diferente. Ahora bien, por causas objetivas necesita amortizar el puesto de trabajo del contrato bonificado, dado que ya no tiene carga de trabajo para él,  y se me plantea la duda de si transformando en indefinido a jornada completa el contrato temporal cubriría el nivel de empleo neto o, por el contrario, tendría que contratar igualmente a otro trabajador.

Gracias por vuestras opiniones.
 

ManuelSM2

Miembro
El nivel de empleo se mantendría, y en caso de no ser así, (que sí lo es) mientras el despido objetivo no fuera declarado como improcedente judicialmente, no se estaría incumpliendo con la obligación de mantenimiento. Es decir, que yo lo veo totalmente correcto.
 

Iker

Miembro
Muchas gracias Manuel,

Yo también lo entiendo así, pero bueno...

Si partimos de la base de que mantenemos el nivel de empleo, no habría que devolver el 50% de las bonificaciones practicadas. La transformación daría derecho a una nueva bonificación ?. Que entendeis?

Gracias nuevamente.
 

ManuelSM2

Miembro
Iker dijo:
Muchas gracias Manuel,

Yo también lo entiendo así, pero bueno...

Si partimos de la base de que mantenemos el nivel de empleo, no habría que devolver el 50% de las bonificaciones practicadas. La transformación daría derecho a una nueva bonificación ?. Que entendeis?

Gracias nuevamente.

En primer lugar, habría que ver que el despido no fuera calificado de manera improcedente por un juez, y, tras esto, deberías incrementar empleo total e indefinido con el segundo trabajador, es decir, no valdría con una transformación. Tendrías que darlo de baja y dejar pasar unos días para que, con la contratación indefinida de dicho trabajador se cree un incremento tanto con el empleo total como con el indefinido. Para ello ten en cuenta que ha de incrementarse respecto a la media de los últimos 30 días, así que esta tendría que estar por debajo del valor de 1. Lo digo por si en ese período aún está el primer trabajador de alta también, lo cual llevaría a estar más cerca de 2, que otra cosa.

De todos modos, no sé si puede haber alguna limitación que se me escape o alguien ha tenido un caso similar, y que nos diga que todo esto es distinto,pero la ley no pone ningún impedimento a realizarlo así.

Saludos.

 
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