tarifa plana

olgaesro

Miembro
Tengo una clienta que está acogida a tarifa plana el primer año, para acogerse en el segundo año ingresos debería de tener? es cierto que sus ingresos no deben superar mensualmente los 1134€?.

Gracias.
 

MCBEAL

Miembro
Tengo una clienta que está acogida a tarifa plana el primer año, para acogerse en el segundo año ingresos debería de tener? es cierto que sus ingresos no deben superar mensualmente los 1134€?.

Gracias.
Para poder prorrogarla sus ingresos no pueden superar el SMI vigente para 2024.
 

MarLo

Miembro conocido
Pero se entiende anua o mensual? esa es mi duda
hola, en este hilo tienes los ejemplos de la TGSS

 

olgaesro

Miembro
Es que lees por un lado y parece que dicen anual, pero lees por otro y parece mensual... pero es por los ingresos o por los rendimientos netos obtenidos....
 

Cachilipox

Miembro conocido
Lo que dice la normativa de regularización (aplicable al caso de tarifas planas también) es "promedio mensual de rendimientos anuales".

Por lo tanto, si en la anualidad no se ha superado SMI vigente, Y SE HA PERMANECIDO de alta los 12 meses, se verifica que tanto anualmente como mensualmente no se ha superado el umbral.

Pero.....
¿Y que sucede si en esa segunda anualidad se ha permanecido de baja IT durante una temporada?
Pues puede suceder que en cómputo anual no se supere el SMI; pero una vez se saque el promedio mensual, al quedar fuera del denominador los periodos en IT, sí se supere en el promedio mensual anualizado los rendimientos SMI.

Nota: la anterior consideración viene de que el Art. 38 Ter.2 del Estatuto del trabajador autónomo deriva al 308.1.c) de la LGSS las normas de cálculo de rendimientos.
 
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