TARIFA REDUCIDA - MANTENIMIENTO EMPLEO

sergi

Miembro
Buenas tardes,
si despido a un trabajador disciplinariamente, y este despido no llega a juicio, por lo tanto, es procedente, entiendo que:
1- No tengo que devolver la indemnización (corrijo) bonificación, siempre y cuando cumpla el segundo punto.
2- Tengo que reemplazar a esta persona para "mantener el nivel de empleo". En este caso, mi duda es si tengo que reemplazarla al día siguiente de la baja, o pueden pasar unos días (lo digo por si hace variar o no el nivel de empleo, no se muy bien como lo calculan). Pienso que si despides a alguien disciplinariamente es imposible tener a alguien el día siguiente.
3- Este nuevo trabajador que reemplaza al anterior, entiendo que debe tener un contrato indefinido normal sin bonificar (para mantener el nivel de empleo indefinido). Si esperara 30 días sí podría bonificármelo?

Muchas gracias!!
 

sergi

Miembro
FERNANDO dijo:
No has de sustituir a nadie, dado que el despido no ha sido declarado improcedente.

De acuerdo, muchas gracias. En caso de baja voluntaria, la ley no contempla nada, como actuaríais?
 

ManuelSM2

Miembro
sergi dijo:
FERNANDO dijo:
No has de sustituir a nadie, dado que el despido no ha sido declarado improcedente.

De acuerdo, muchas gracias. En caso de baja voluntaria, la ley no contempla nada, como actuaríais?

La ley no contempla nada en el caso de la Tarifa Plana, entonces deberías sustituirlo.
Pero en la Tarifa reducida sí que se contempla, y no sería necesario sustituir.
 

sergi

Miembro
ManuelSM2 dijo:
sergi dijo:
FERNANDO dijo:
No has de sustituir a nadie, dado que el despido no ha sido declarado improcedente.

De acuerdo, muchas gracias. En caso de baja voluntaria, la ley no contempla nada, como actuaríais?

La ley no contempla nada en el caso de la Tarifa Plana, entonces deberías sustituirlo.
Pero en la Tarifa reducida sí que se contempla, y no sería necesario sustituir.

Muchas gracias!
 
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