Me entra un cliente con un caso que no sé cómo enfocarlo, se trata de un club deportivo, sin ánimo de lucro, la entidad es privada.
Pues bien, tienen firmado un convenio con el dpto.de justicia por el cual les facilitan penados para que realicen TBCs, he estado leyendo normativa y entiendo que los trabajos deben ser de interés social. Pero se trata de un club privado, no entiendo cómo se pudo firmar este convenio. Los penados se dedican a hacer trabajos para el "beneficio" de los socios, como por ejemplo cortar el césped. Obviamente, no perciben ninguna remuneración del club.
El dpt. de treball de la Generalitat me contesta q sí creo q es un fraude ponga la correspondiente denuncia en la Inspección.....
Para mí entender, sería correcto q hicieran mantenimiento en parques públicos... Pero para una entidad privada??
Es que no me quedo tranquilo ante una inspección decirle al inspector de turno que tengo firmado un convenio con dpt.de Justicia.
Os habéis encontrado con algo parecido??
Pues bien, tienen firmado un convenio con el dpto.de justicia por el cual les facilitan penados para que realicen TBCs, he estado leyendo normativa y entiendo que los trabajos deben ser de interés social. Pero se trata de un club privado, no entiendo cómo se pudo firmar este convenio. Los penados se dedican a hacer trabajos para el "beneficio" de los socios, como por ejemplo cortar el césped. Obviamente, no perciben ninguna remuneración del club.
El dpt. de treball de la Generalitat me contesta q sí creo q es un fraude ponga la correspondiente denuncia en la Inspección.....
Para mí entender, sería correcto q hicieran mantenimiento en parques públicos... Pero para una entidad privada??
Es que no me quedo tranquilo ante una inspección decirle al inspector de turno que tengo firmado un convenio con dpt.de Justicia.
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