TELEOPERADORES CONTACT CENTER

JAVIER RAMIREZ

Nuevo miembro
Buenos días ¿hay alguien que lleve empresas de CONTACT CENTER? el problema que planteo es el siguiente, el 29 de junio de 2022 se publicó la NUEVA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES (LEY 11/2022, DE 28 DE JUNIO), cuyo ARTICULO 66.1 entraba en vigor AL AÑO DE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY, es decir, ahora a finales de junio.

Es que los apartados a) y b) da la impresión que ya no pueden hacer los TELEOPERADORES llamadas directas a particulares, y en mi caso se trata de una empresa que VENDE CONTRATOS DE ENERGIA A PRECIOS MAS ECONOMICOS, llamando ellos directamente a través de bases de datos.

¿sabéis si hay alguna forma de que sigan haciéndolo? supongo que como te dice la LEY, CON CONSENTIMIENTO PREVIO EXPRESO, pero no tengo ni idea, si ese consentimiento de algún modo lo tienen que tener de forma previa a la llamada, o se informa en la llamada.

O simplemente es correcto que no se puede HACER LLAMADAS A PARTICULARES O EMPRESAS, en cuyo caso, de la noche a la mañana se quedarían sin trabajo más de 30 personas, que son los trabajadores que tiene actualmente la empresa.

Si alguien me puede dar algo de luz en este tema lo agradecería. Muchas gracias
 

fundación

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Es pronto para ver repercusiones. De momento la AEPD emitirá en el futuro una circular sobre el asunto, durante el mes pasado concluyó el plazo de audiencia en el que ha admitido opiniones de interesados.
 

JAVIER RAMIREZ

Nuevo miembro
Si, pero el problema es que mi cliente, son las compañías de energía para las que vende, supongo como intermediarios, las que no se atreven a que se hagan llamadas telefónicas. Yo entiendo, que tiene que haber alguna forma de recabar ese consentimiento del cliente para que la llamada se adapte a la norma, pues es ilógico que desaparezca, siendo un sector en donde trabajarán miles de trabajadores
 
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