TIEMPO PARCIAL

CHARO

Miembro conocido
Muy buenas. Tengo un contrato a tiempo parcial que tendrá la jornada irregular, cada mes me dirán el número de horas que realizará, y no sé muy bien como exponer la distribución, ni los porcentajes. Había pensado en darlo de alta inicialmente con 50% de la jornada que es lo mínimo que hará e ir variando cada mes el porcentaje en tesorería en los 3 primeros días del mes siguiente con efectos del 1 día del anterior, pero... como dejo plasmado esto en el contrato? tenéis alguna clausula que me pueda servir de ejemplo para poder redactarla? Mil graciasssss
 
Muy buenas. Tengo un contrato a tiempo parcial que tendrá la jornada irregular, cada mes me dirán el número de horas que realizará, y no sé muy bien como exponer la distribución, ni los porcentajes. Había pensado en darlo de alta inicialmente con 50% de la jornada que es lo mínimo que hará e ir variando cada mes el porcentaje en tesorería en los 3 primeros días del mes siguiente con efectos del 1 día del anterior, pero... como dejo plasmado esto en el contrato? tenéis alguna clausula que me pueda servir de ejemplo para poder redactarla? Mil graciasssss
Me pasa lo mismo y tenía la misma idea que tú, ir haciendo variaciones de jornada y comunicarlo al SEPE y en seguridad social.
 

Bruma

Miembro activo
Puedes poner algo así como que se establece la flexibilidad de horario para poder adecuarlo a las necesidades del servicio, lo cual se comunicará al trabajador con carácter previo al comienzo de cada mes, o algo parecido.
 

anpote

Nuevo miembro
Muy buenas. Tengo un contrato a tiempo parcial que tendrá la jornada irregular, cada mes me dirán el número de horas que realizará, y no sé muy bien como exponer la distribución, ni los porcentajes. Había pensado en darlo de alta inicialmente con 50% de la jornada que es lo mínimo que hará e ir variando cada mes el porcentaje en tesorería en los 3 primeros días del mes siguiente con efectos del 1 día del anterior, pero... como dejo plasmado esto en el contrato? tenéis alguna clausula que me pueda servir de ejemplo para poder redactarla? Mil graciasssss
Yo tengo la misma situación y llamé al sistema red y me indicaron que lo hiciera así, que cada mes vencido comunicara la jornada del anterior. Y luego, en el contrato yo les pongo que la empresa, debido a la inestabilidad de las actividades, en mi caso, podrá variar las jornadas de trabajo previa comunicación al trabajador, para adaptarse a ellas.
 

Anavale

Miembro activo
Pues yo tenia la misma situación y en Casia me dijeron que nanai de la china, que las variaciones de jornada no se pueden hacer en los 3 primero dias del mes siguiente, sino en los 3 dias siguientes de la fecha de variación.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Lo de las variaciones en los tres días siguientes al final de mes para variaciones de jornada es un cajón de sastre... Yo lo he utilizado durante algún tiempo y mi pepito grillo me dice que está mal... Cuando pueda buscaré cuando lo publicaron en los BRN y a santo de qué fue la posibilidad de hacerlo (y no hablo del tema de los eres y tal, que fue bastante antes...). (Si alguien lo encuentra antes que lo cuelgue por fa)
 

toni

Miembro conocido
Creo que os estais liando con el tema de CHARO que es otro, pues es un tema de jornada irregular. La variacion de jornada la puedes hacer cuando te de la gana y tienes 3 dias para hacerlo. Hoy podria si tubiera el caso de variar la jornada a un trabajador con efecto del domingo 19.
 

MarLo

Miembro conocido
yo lo entiendo así, corregidme si me equivoco:

CASO 1: acuerdo con el trabajador para variar su jornada de trabajo. Es decir, está 20 horas semanales y para siempre o durante unos meses pasa a 40 horas semanales = plazo para hacerlo en los tres días siguientes a la variación. Técnicamente dejan comunicarlo por siltra fuera de esos 3 días pero iría igual fuera de plazo y puede ser sancionable
CASO 2: distribución de jornada irregular, se pacta con el trabajador que hará 600 horas al año, inicialmente empieza con 10 horas a la semana, pero en el mismo mes, hay otra semana que hace 15 y otra 9 horas etc... aquí se hace una media semanal cuando acabe el mes y se notifica, por ejemplo, lo del mes de mayo (con efectos del 1 de mayo) en los primeros 3 días de junio (es decir, esta variación sí se permite más allá de los tres días ss. a la variación de jornada del caso 1, pero sólo en esa puerta de los tres primeros días del mes siguiente al de las variaciones)
 

toni

Miembro conocido
Muy buenas. Tengo un contrato a tiempo parcial que tendrá la jornada irregular, cada mes me dirán el número de horas que realizará, y no sé muy bien como exponer la distribución, ni los porcentajes. Había pensado en darlo de alta inicialmente con 50% de la jornada que es lo mínimo que hará e ir variando cada mes el porcentaje en tesorería en los 3 primeros días del mes siguiente con efectos del 1 día del anterior, pero... como dejo plasmado esto en el contrato? tenéis alguna clausula que me pueda servir de ejemplo para poder redactarla? Mil graciasssss
CHARO echa un vistazo por si te puede servir para plasmar un acuerdo...
 

Archivos adjuntos

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Anavale

Miembro activo
yo lo entiendo así, corregidme si me equivoco:

CASO 1: acuerdo con el trabajador para variar su jornada de trabajo. Es decir, está 20 horas semanales y para siempre o durante unos meses pasa a 40 horas semanales = plazo para hacerlo en los tres días siguientes a la variación. Técnicamente dejan comunicarlo por siltra fuera de esos 3 días pero iría igual fuera de plazo y puede ser sancionable
CASO 2: distribución de jornada irregular, se pacta con el trabajador que hará 600 horas al año, inicialmente empieza con 10 horas a la semana, pero en el mismo mes, hay otra semana que hace 15 y otra 9 horas etc... aquí se hace una media semanal cuando acabe el mes y se notifica, por ejemplo, lo del mes de mayo (con efectos del 1 de mayo) en los primeros 3 días de junio (es decir, esta variación sí se permite más allá de los tres días ss. a la variación de jornada del caso 1, pero sólo en esa puerta de los tres primeros días del mes siguiente al de las variaciones)
Pero se notifica en algún lado en la SS que es jornada irregular? Como sabe la SS si es el caso 1 o 2? Y la jornada irregular puede ser de un 10% de las horas por convenio....
 

CHARO

Miembro conocido
yo lo entiendo así, corregidme si me equivoco:

CASO 1: acuerdo con el trabajador para variar su jornada de trabajo. Es decir, está 20 horas semanales y para siempre o durante unos meses pasa a 40 horas semanales = plazo para hacerlo en los tres días siguientes a la variación. Técnicamente dejan comunicarlo por siltra fuera de esos 3 días pero iría igual fuera de plazo y puede ser sancionable
CASO 2: distribución de jornada irregular, se pacta con el trabajador que hará 600 horas al año, inicialmente empieza con 10 horas a la semana, pero en el mismo mes, hay otra semana que hace 15 y otra 9 horas etc... aquí se hace una media semanal cuando acabe el mes y se notifica, por ejemplo, lo del mes de mayo (con efectos del 1 de mayo) en los primeros 3 días de junio (es decir, esta variación sí se permite más allá de los tres días ss. a la variación de jornada del caso 1, pero sólo en esa puerta de los tres primeros días del mes siguiente al de las variaciones)
Mi caso es claramente el 2 ;)
 

CHARO

Miembro conocido
Lo de las variaciones en los tres días siguientes al final de mes para variaciones de jornada es un cajón de sastre... Yo lo he utilizado durante algún tiempo y mi pepito grillo me dice que está mal... Cuando pueda buscaré cuando lo publicaron en los BRN y a santo de qué fue la posibilidad de hacerlo (y no hablo del tema de los eres y tal, que fue bastante antes...). (Si alguien lo encuentra antes que lo cuelgue por fa)
Esto viene siendo así desde añosssssssssssssssssssssssss
 

Manu.cc.

Miembro activo
Entonces si se puede? hay algún sitio donde figure escrito? Por si las moscas....Por que si se puede me arregla la vida, pero como Casia me dijo que no....

Página 6

En lo que se refiere a las variaciones de coeficiente a tiempo parcial con carácter retroactivo, a partir de ahora en los 3 primeros días de cada mes se permitirá cambiar el coeficiente referido a todo el mes inmediatamente anterior (o al periodo de alta que haya tenido). Si el trabajador causa baja, este cambio deberá hacerse en los 3 días posteriores a la baja.

Y desde 10/12/2021


Hasta la confirmación de la liquidación Vigente
 

Anavale

Miembro activo

Página 6

En lo que se refiere a las variaciones de coeficiente a tiempo parcial con carácter retroactivo, a partir de ahora en los 3 primeros días de cada mes se permitirá cambiar el coeficiente referido a todo el mes inmediatamente anterior (o al periodo de alta que haya tenido). Si el trabajador causa baja, este cambio deberá hacerse en los 3 días posteriores a la baja.

Y desde 10/12/2021


Hasta la confirmación de la liquidación Vigente
Manu, pero eso enviaron un comunicado diciendo que nanai de la china, que aunque ahora se permitía en RED hacerlo en esos plazos, no quería decir que estuviera en plazo. Sino que los plazos seguían como siempre....(3 dias desde la fecha de variacion)
 

anpote

Nuevo miembro
Manu, pero eso enviaron un comunicado diciendo que nanai de la china, que aunque ahora se permitía en RED hacerlo en esos plazos, no quería decir que estuviera en plazo. Sino que los plazos seguían como siempre....(3 dias desde la fecha de variacion)
A mí me indicaron que sí para jornadas irregulares, donde hasta final de mes no se sabe las horas reales de trabajo. A mí por ejemplo me pasa con una empresa de actividades extraescolares. Y cuando acaba el mes, los tres siguientes días, vario la jornada de todos los trabajadores, con las horas reales de trabajo que me da la empresa.
 
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