Buenos días.
Duda para una empresa que, cuando la situación lo requiere, hace contratos temporales (contratos 402) con un tope de 90 días alegando circunstancias de la producción previsibles (968).
Si alguna vez nos planteamos incorporar a nuevos trabajadores que ya fueron empleados tiempo atrás, habiendo tenido con esta empresa contratos temporales o indefinidos, ¿se les podría hacer nuevamente un contrato temporal inferior a 90 días?
¿Cuál es la diferencia entre circunstancias previsibles e imprevisibles? Es una empresa de un sector que funciona por demanda y tiene picos de producción.
Gracias.
Duda para una empresa que, cuando la situación lo requiere, hace contratos temporales (contratos 402) con un tope de 90 días alegando circunstancias de la producción previsibles (968).
Si alguna vez nos planteamos incorporar a nuevos trabajadores que ya fueron empleados tiempo atrás, habiendo tenido con esta empresa contratos temporales o indefinidos, ¿se les podría hacer nuevamente un contrato temporal inferior a 90 días?
¿Cuál es la diferencia entre circunstancias previsibles e imprevisibles? Es una empresa de un sector que funciona por demanda y tiene picos de producción.
Gracias.