Durante 2 meses un trabajador de aqui se le ha desplazado a China para hacer unos trabajos.
Se comunico tanto a la Seguridad Social como a la mutua de su desplazamiento fuera de Territorio Nacional, con el fin de que tubieran Asistencia Sanitaria.
La empresa cotizó y tributó aqui por este trabajador.
Ahora me comentano con que el modelo 190, debí declarar lo percibido cuando estuvo desplazado con la CLAVE L-15 en vez de con la A.
Esto es así...? Son rentas exentas...?
Se comunico tanto a la Seguridad Social como a la mutua de su desplazamiento fuera de Territorio Nacional, con el fin de que tubieran Asistencia Sanitaria.
La empresa cotizó y tributó aqui por este trabajador.
Ahora me comentano con que el modelo 190, debí declarar lo percibido cuando estuvo desplazado con la CLAVE L-15 en vez de con la A.
Esto es así...? Son rentas exentas...?