Trabajador pasa a IPT

Nana

Miembro conocido
Hola hola!

trabajador que agota la duración máxima de IT, por lo que se tramita baja en la empresa siguiendo indicaciones de TGSS e INSS; queda pendiente el pago de la liquidación de vacaciones que ha devengado desde el momento de la baja médica

Parece ser que en los próximos días le van a reconocer la IPT y entonces, ¿qué hay que hacer? Simplemente le preparo la liquidación de vacaciones y mando L03 o hay algo más que hacer?

Gracias!!
 

NOEMI

Miembro conocido
Hola hola!

trabajador que agota la duración máxima de IT, por lo que se tramita baja en la empresa siguiendo indicaciones de TGSS e INSS; queda pendiente el pago de la liquidación de vacaciones que ha devengado desde el momento de la baja médica

Parece ser que en los próximos días le van a reconocer la IPT y entonces, ¿qué hay que hacer? Simplemente le preparo la liquidación de vacaciones y mando L03 o hay algo más que hacer?

Gracias!!
Hola nana .baja en ss por causa pase a pensionista con las vacaciones correspondientes .una l03 normal .besotes!!!
 

Nana

Miembro conocido
Gracias Noemi

pero el trabajador ya está de baja en TGSS..... ¿debo modificar la causa de la baja?

GRACIAS
 

VILA100

Miembro conocido
Por lo visto si. A mi me lo pidieron desde administración, que les pusiera un CASIA…quizás sea bueno anticiparse.
salu2
 

FERNANDO

Miembro conocido
A m´ñi me dijeron: baja a los días. Si después, se le concede la IPT, nueva alta y baja por pasar a pensionista. Las vacaciones se pagan entonces con un L13, no L03, L03 solo para fallecimientos.
 

Petrus

Miembro conocido
Yo he hecho una este año, la baja en TGSS la hice con fecha noviembre 2020 si no me equivoco, calculé el finiquito de vacaciones y lo envié por CASIA, ellos me hicieron la anotacion de las vacaciones porque ya estaba fuera de plazo desde que hice la baja en segu, y enviaron la liquidación con carta de pago y sin recargo. No me dijeron nada de alta y baja, aunque si preguntas varias veces a la TGSS seguro que te dan varias respuestas...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Umm, creo que no lo tienen claro ni ellos. En todo caso, depende. Entiendo que una baja por agotamiento de IT no da derecho a vacaciones, dado que el trabajador no causa baja en la empresa y, solo si te conceden una IT (recordemos que pueden esperar hasta seis meses más para darte una IT) es cuando la relación laboral se extingue. ¿Con qué efectos?: pues con los que te dé la fecha de resolución del INSS, que dependerá del grado de invalidez y de si la misma se concede con efectos una vez agotados los días o de después.
 
Arriba