Trabajador se presento a acto de conciliacion despues de celebrarse.

Sebas084

Nuevo miembro
Buenos dias compañeros os comento el caso, que es la primera vez que me pasa:
Yo represento a la empresa y somos citados para el Acto de Conciliacion a las 9.30 horas, el acto se celebra a las 10.00 horas sin que se presente la trabajadora, es decir intentado sin efecto.
Pero el caso es que a mi cliente ahora le ha llegado la demanda con fecha de juicio para el año que viene, en la cual la trabajadora aporta un ACTA DE COMPARECENCIA firmada por la letrada correspondiente, en la cual se indica que la trabajadora se presentó a las 10.14 horas, indicando que se perdio.

¿ Aalguien le ha pasado esto anteriormente?
¿ Tiene validez ese acta de comparecencia?

Gracias por adelantado.

 

Mr. White

Miembro activo
Hombre, el principio pro actione tiene tentáculos muy largos, pero que se haya perdido no justifica su incomparecencia (no es que le haya dado un infarto a su marido ese día a las 7 de la mañana, vaya. Y llega 45 minutos tarde, no los 15 de cortesía que esperamos la gran mayoría).

Y es que si no conocía la zona, que hubiera ido el día de antes a inspeccionar la zona.
 

Sebas084

Nuevo miembro
Yo entiendo lo mismo que tu, que el hecho de no presentarse sea que se perdió no me parece causa suficiente, lo que me mosquea un poco es que la letrada conciliadora le hiciera el escrito y se lo firmara.
 

Mr. White

Miembro activo
Bueno, solo pone lo que fue, que llegó tarde porque se había perdido.

Lo extraño es que el juzgado haya admitido la demanda, y no haya archivado la demanda al no acompañarse acta de conciliación.

El art.81.3 ET es muy clarito. Si no se aporta con al demanda, se requiere, y si no se aporta, se archiva la demanda y el juez se quita un tema sin despeinarse. 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Poca excusa firme me parece el perderse.... Y el principio pro actione y la indefensión está muy bien, pero, ¿Y si la empresa hubiese querido formular reconvención?, ¿cuándo lo deberá hacer? Porque, si lo hace en acto de juicio, se debería suspender el mismo para no provocar, asimismo,  indefensión al "perdido".
 
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