36. Salvo que el convenio contemple otra cosa (en todo caso un periodo de desanso semanal ininterrumpido más amplio), son 36 h (un dia y medio) seguidas de descanso semanal, al margen de la posibilidad de acumularlo en periodos de 14 días.
En cualquier caso, queda claro que con ese esquema, no se cumple este requisito.
Saludos