TRABAJADORES DESPLAZADOS

YOLANDA

Nuevo miembro
Buenos días, tengo dos trabajadores de empresa española desplazados éste mes de diciembre, entiendo que deberé cotizar a la seguridad social y tributar a hacienda los salarios que marca el convenio y el resto se lo puedo meter en dietas por desplazamiento.
Es correcto así?
GRacias.
 

Keler

Miembro
¿A qué te refieres con "el resto"? Si es parte de su salario, no debes intentar colarlo como gastos.
¿Has oído hablar de los límites de dietas y gastos de viaje y alojamiento en los desplazamientos a efectos de cotización e IRPF?
 
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