TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD y TRABAJO ASALARIADO

REBE

Nuevo miembro
Buenos días,
No sé si alguien me puede ayudar, nunca me había pasado lo que le ha pasado a un cliente que tiene un bar.
Uno de los camareros ha sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, y va a sustituir la pena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad, aún tiene que elegir entre una serie de ocupaciones y trabajos para realizar estos servicios a la comunidad.
Me pregunta el empresario si él tiene que adaptar la jornada habitual del trabajador a los turnos de trabajo que elija para realizar estos servicios.
O si el trabajador está obligado a realizarlos fuera de su jornada de trabajo.
Estoy buscando en el Estatuto, y en convenio, pero no encuentro nada... por si alguien tuvo un caso parecido, y me puede orientar un poco... :_(
Millón de gracias de antemano
 

FERNANDO

Miembro conocido
Como imagino que la sentencia es ya firme, el empresario, en principio, no tendría por qué adaptar la jornada. Por analogía, se actuaría igual que con una condena a prisión firme: extinción por despido disciplinario del trabajador por faltas de asistencia reiteradas. Otra cosa es que el asesor del trabajador se fuese por los cerros de Ubeda buscando cualquier causa de discriminación, pero, sinceramente, yo no lo veo.
 
Última edición:
Arriba