Buenos días:
¿Veis posible que un TRADE puede dar de alta a su mujer como autónoma colaboradora?
El Estatuto del Trabajo Autónomo. El Art. 11 del RD únicamente establece como condición, entre otras, NO tener a su cargo trabajadores por CUENTA AJENA ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de la actividad contratada con el cliente del que depende económicamente como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes.
Gracias
¿Veis posible que un TRADE puede dar de alta a su mujer como autónoma colaboradora?
El Estatuto del Trabajo Autónomo. El Art. 11 del RD únicamente establece como condición, entre otras, NO tener a su cargo trabajadores por CUENTA AJENA ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros, tanto respecto de la actividad contratada con el cliente del que depende económicamente como de las actividades que pudiera contratar con otros clientes.
Gracias