Pfff os paso las respuestas que me han dado:
- Casia: "Buenos días, tienen que tramitar una baja y un alta con el nuevo tipo de contrato ya que los contratos 389 no se pueden transformar. Un saludo"
- Contrata: Debe formalizar por escrito, firmar ambas partes y comunicar por Contrat@ un contrato código 100/200 (según jornada) ; en el contrato en papel, es decir, en ese modelo de contrato que tienen que formalizar y firmar, tiene que figurar que se celebra como novación del contrato que tenían suscrito, respetando todos los derechos y deberes contraídos hasta ese momento. En Seguridad Social deberán de hacer lo que ellos les indiquen. Gracias por utilizar este servicio."
Me da cosa porque la inspection dice que tiene que ser transformación... a ver si la voy a liar,,, que opinais