Traspaso de negocio

Eva.J.

Miembro
Buenos días! Os expongo un caso a ver qué opinais al respecto: Empresario persona física que se jubila, con trabajadora a cargo que vende el negocio a otra empresa. Es decir, el autónomo se jubila el día 15 y el día 16 sigue la actividad con la nueva gerencia. Bajo mi punto de vista es un traspaso de negocio en toda regla y la trabajadora debería de ser subrogada con su antigüedad y salario y mismas condiciones. Ahora me dice mi cliente que la empresa compradora se informó en su asesoría y le han dicho que no, que harán un contrato de compra especificando que no se hacen cargo de la empleada, por lo tanto, mi cliente el día de su jubilación indemnizará a la trabajadora con el mes de salario por jubilación. Por mi parte insisto en que no es así, que para la indemnización de un mes por jubilación el requisito es que la actividad tiene que cesar, y en este caso no cesa sino que continúa pero con otra gerencia. Destacar que la trabajadora denunciará seguramente. Mi pregunta es... Quién tendrá el problema aquí? Si es la empresa que compra o mi cliente? Para mi la indemnización tendría que ser por despido, pero si se va por las malas, quién tendría que pagar esa indemnización? Me gustaría saber opiniones al respecto para adelantarnos a los acontecimientos, o si estoy yo equivocada y se puede hacer perfectamente como quieren hacer ellos... Gracias!!
 

MarLo

Miembro conocido
Según lo que explicas, lo que puede pasar es que la trabajadora reclame a la empresa que coge el traspaso (ese finiquito carece de validez), esta haga valer inter partes lo que firmó con tu cliente negándose a subrogar al trabajador, y un futurible, tu cliente se coma todo o parte de la indemnización del despido improcedente. Yo tendría mucho cuidado con esa cláusula que quieren meter de que " harán un contrato de compra especificando que no se hacen cargo de la empleada". No se debe firmar nada que no sea conforme a la normativa en vigor. La nueva empresa debe asumir su responsabilidad en la subrogación del trabajador porque por mucho que se firme entre las empresas, no afecta al derecho del trabajador, pero sí que puede afectar a las obligaciones de tu cliente si de algún modo se descarga sobre él, el deber de hacerse cargo de una futura indemnización por no readmisión.
 
Última edición:

IVO

Miembro activo
Van a tener problemas las dos. Una porque si o si le haran asumir la subrogacion y mantener las condiciones de la empleada y la empresa cliente (la vendedora) podria tener que acabar pagando por despido improcedente.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Como dicen por aquí, en una subrogación prevalecen los derechos del trabajador y el trabajador podrá reclamar tanto a cedente como cesionario, que serán responsables SOLIDARIOS ante sus derechos pacten lo que pacten
 

Cachilipox

Miembro conocido
Y no nos olvidemos de la dimensión fiscal del asunto.
El IVA en este caso.
Tal y como señala la AEAT:

Traspaso de negocio

No está sujeto al IVA el traspaso de un local de negocios si se transmite con un conjunto de elementos que constituyan una unidad económica autónoma en el transmitente capaz de desarrollar una actividad empresarial o profesional por sus propios medios (mobiliario, existencias, cartera de clientes, personal...). En otro caso, el traspaso es una prestación de servicios sujeta a IVA del 21%.
 

VILA100

Miembro conocido
Lo habitual es restar la indemnización del precio acordado y la trabajadora continuará con normalidad ( solo existe sustitución en una de las partes, todo lo demás continúa igual)

salu2
 

MarLo

Miembro conocido
Lo habitual es restar la indemnización del precio acordado y la trabajadora continuará con normalidad ( solo existe sustitución en una de las partes, todo lo demás continúa igual)

salu2
sí, algunas veces el acuerdo es fácil cuando la indemnización no es mucho, pero según antigüedad, claro... bufff... puede ser una cantidad muy elevada, y no entremos en otros detalles, por ejemplo, trabajador con histórico de IT importante... Nunca entendí este obstáculo para emprender en un negocio a pie de calle tipo bar... cafetería... comercio. Si se supiese más cómo funciona este entramado de problemas con la subrogación, nadie se metería a coger traspasos, la verdad, es la bravura que permite ser ignorante de ciertos embrollos legales. Y por parte de los trabajadores hasta no hace mucho, tampoco se conocía esta posibilidad de reclamar deudas pendientes y la reincorporación a la empresa que coge el traspaso, desde hace unos años para acá es mucho más habitual dar con este tipo de reclamaciones en pymes

Otra solución: negociar traspaso con el empleado ;)
 

Eva.J.

Miembro
Muchísimas gracias por las respuestas! Por confirmar un poco lo que yo pensaba... El tema de descontar parte de lo negociado ya lo he propuesto, pero la verdad es que la antigüedad es muchísima...! Se lo comentaré a mi cliente y que decida lo que quiere hacer!
 
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