toni
Miembro conocido
Por si es de interes...
El permiso parental a tiempo completo:
El permiso parental a tiempo completo:
- Debe ser tratado como una situación de permanencia en alta sin retribución (art. 69 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre).
- BC/CC: base de cotización mínima establecida en cada momento al grupo de la categoría profesional del trabajador.
- BC/CP: topes mínimos establecidos en art. 9.2 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
- Tipo de inactividad a mecanizar en el Sistema Red: valor 20-PERMISO PARENTAL TIEMPO COMPLETO.
- No se despejan las dudas. Queda pendiente de «desarrollo reglamentario».