Tributación complemento indemnización improcedente

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes
Una empresa quiere abonar a una persona trabajadora una indemnización superior a 33 días
LA idea es ir a cerrar el tema al acto de conciliación SMAC
Hasta los 33 días (reconocimiento de improcedencia) está exento
Si la empresa abona 5.000 € más por encima de los 33 días, ¿tributan?
Gracias
 

campus34

Miembro conocido
Está exento lo que establece el estatuto. Por tanto, lo que se pague por encima del estatuto, debe tributar si o si. Eso si, se considera renta irregular si se ha generado en más de dos años. Creo que aparece en el artículo 17 y 18 de la ley IRPF.
 
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