Tributación indemnización contratos temporales

Eric Arthur Blair

Miembro activo
Buenos días,

Nueva consulta vinculante de la DGT sobre la tributación de las indemnizaciones del artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores (Indemnización por extinción de contrato temporal) AQUÍ.

Y vosotros, ¿sois de tributar la indemnización por extinción de contrato temporal o no?

Saludos,
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero el criterio no es nuevo. Tal vez se trata de una consulta más reciente, pero es el criterio (de quién es juez y parte) que Hacienda ha mantenido indefectiblemente desde que esta indemnización existe.
Aunque SS parece no exige su cotización.
Nosotros la tenemos parametrizada como concepto sujeto al IRPF Y exento de cotización.

Saludos.
 
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