Buenos días
Trabajador que cobra indemnización por despido en octubre de 2017 por un importe de 8.000 euros.
La indemnización está exenta según el artículo 7 Ley IRPF
En abril de 2019 (no han trascurrido 3 años desde el despido), el trabajador se reincorpora a la empresa.
Por lo tanto, esos 8.000 euros ya no están exentos sino que tributan.
Hacienda podría actuar de oficio y reclamar al trabajador la tributación de esos 8.000 euros.
¿Podría afectar a la empresa?
- ¿el trabajador podría reclamar a la empresa que esos 8.000 euros no tuvieron retención?
- ¿la TGSS podría reclamar a la empresa que esos 8.000 euros eran salario encubierto y por lo tanto solicitar su cotización?
Muchas gracias
Trabajador que cobra indemnización por despido en octubre de 2017 por un importe de 8.000 euros.
La indemnización está exenta según el artículo 7 Ley IRPF
En abril de 2019 (no han trascurrido 3 años desde el despido), el trabajador se reincorpora a la empresa.
Por lo tanto, esos 8.000 euros ya no están exentos sino que tributan.
Hacienda podría actuar de oficio y reclamar al trabajador la tributación de esos 8.000 euros.
¿Podría afectar a la empresa?
- ¿el trabajador podría reclamar a la empresa que esos 8.000 euros no tuvieron retención?
- ¿la TGSS podría reclamar a la empresa que esos 8.000 euros eran salario encubierto y por lo tanto solicitar su cotización?
Muchas gracias