Hola compañeros.
Administrador de una S.L sin participaciones, en principio se le encuadra en régimen general asimilado si trabaja para la empresa. El caso es que también trabaja en otra empresa a jornada completa en el régimen general, ¿podría estar como administrador a media jornada por pluriempleo? ¿El salario debe ser el del convenio colectivo de aplicación o se puede pactar libremente?
Administrador de una S.L sin participaciones, en principio se le encuadra en régimen general asimilado si trabaja para la empresa. El caso es que también trabaja en otra empresa a jornada completa en el régimen general, ¿podría estar como administrador a media jornada por pluriempleo? ¿El salario debe ser el del convenio colectivo de aplicación o se puede pactar libremente?