Una de CNAE´s

Alexia

Miembro activo
Hola compañer@s,

¿Alguno que lleve una academia de peluquería? ¿Qué CNAE-Convenio estáis utilizando, peluquería o formación no reglada?

En todo caso, aunque se aplicase el CNAE 8559 Otra educación n.c.o.p. y el convenio de formación no reglada, entiendo que en Hacienda tendría que tener también de alta la actividad de peluquería, pues por un lado obtendrán ingresos de los alumnos (academia) y, por otro, de los clientes que van allí a peinarse, etc.

Muchas gracias por vuestra ayuda.
 

Cachilipox

Miembro conocido
¿De donde proceden los ingresos?
¿De la prestación de servicios por cortar, lavar y peinar, o de la prestación de servicios por enseñar?
Si es de una u otra, es una cosa u otra. Y si es de ambas prestaciones de servicios, entonces es que desarrolla ambas dos actividades económicas.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Hola compañer@s,

¿Alguno que lleve una academia de peluquería? ¿Qué CNAE-Convenio estáis utilizando, peluquería o formación no reglada?

En todo caso, aunque se aplicase el CNAE 8559 Otra educación n.c.o.p. y el convenio de formación no reglada, entiendo que en Hacienda tendría que tener también de alta la actividad de peluquería, pues por un lado obtendrán ingresos de los alumnos (academia) y, por otro, de los clientes que van allí a peinarse, etc.

Muchas gracias por vuestra ayuda.
Si obtiene ingresos de las dos actividades, si debe tener los dos epigrafes en hacienda. Si solo los obtiene por la academia o por trabajados realizados en la academia, solo una actividad.
 

Alexia

Miembro activo
Pues van a obtener ingresos por ambas actividades, por lo que me queda claro que en Hacienda deben tener los dos epígrafes. En Seguridad Social voy a hacer la consulta por Casia (a ver con qué me sorprenden). Revisando los tipos de cotización de AT y EP, son exactamente iguales, por lo que casi me inclino más por darlas de alta en formación como profesoras, considerando que se trata de una academia y que la actividad de peluquería es una actividad accesoria de la academia. El convenio también es más alto el de formación. Lo único que me da miedo es que luego la mutua ponga problemas en caso de que tengan los achaques propios de peluquería (túnel carpiano, etc.), estando de alta en formación, aunque como el tipo de cotización es el mismo esto no debiera ser un problema, o sí? Gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Aunque las tarifas de AT y EP sean las mismas, las patologías cubiertas no son iguales.

Como actividad docente, como EP solo estás cubriendo los pólipos en las cuerdas bucales. Nada más.

En cambio, como peluquería, las cuerdas bucales quedan sin cobertura, pero comprenden muchas patologías respiratorias, además de otras más superficiales como rinoconjuntivitis, urticarias y angioedemas.

Túnel carpiano como tal, aunque pueda ser relativamente frecuente en peluquería, no está reconocido como EP en el sector.

Nota: Túnel carpiano corresponde a "Trabajos en los que se produzca un apoyo prolongado y repetido de forma directa o indirecta sobre las correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión. Movimientos extremos de hiperflexión y de hiperextensión. Trabajos que requieran movimientos repetidos o mantenidos de hiperextensión e hiperflexión de la muñeca, de aprehensión de la mano como lavanderos, cortadores de tejidos y material plástico y similares, trabajos de montaje (electrónica, mecánica), industria textil, mataderos (carniceros, matarifes), hostelería (camareros, cocineros), soldadores, carpinteros, pulidores, pintores."
 

Alexia

Miembro activo
Muchas gracias Cachilipox, la verdad es increíble como controlas.
He hecho una consulta a Casia y otra a la mutua, a ver qué me dicen. Si saco algo en claro os voy diciendo por si a alguno se os da el mismo caso o similar
 

NOEMI

Miembro conocido
Aunque las tarifas de AT y EP sean las mismas, las patologías cubiertas no son iguales.

Como actividad docente, como EP solo estás cubriendo los pólipos en las cuerdas bucales. Nada más.

En cambio, como peluquería, las cuerdas bucales quedan sin cobertura, pero comprenden muchas patologías respiratorias, además de otras más superficiales como rinoconjuntivitis, urticarias y angioedemas.

Túnel carpiano como tal, aunque pueda ser relativamente frecuente en peluquería, no está reconocido como EP en el sector.

Nota: Túnel carpiano corresponde a "Trabajos en los que se produzca un apoyo prolongado y repetido de forma directa o indirecta sobre las correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión. Movimientos extremos de hiperflexión y de hiperextensión. Trabajos que requieran movimientos repetidos o mantenidos de hiperextensión e hiperflexión de la muñeca, de aprehensión de la mano como lavanderos, cortadores de tejidos y material plástico y similares, trabajos de montaje (electrónica, mecánica), industria textil, mataderos (carniceros, matarifes), hostelería (camareros, cocineros), soldadores, carpinteros, pulidores, pintores."
pero entiendo que lo mismo da el CNAE de la empresa, dependerá el trabajo que realices
 
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