URGENTE! NOTIFICACION INCAPACIDAD PERMANENTE

SAJE GR

Nuevo miembro
Hemos recibido en  agosto notificación en la que al trabajador se le reconoce IPabsoluta desde el 12 de junio. Puesto que se le ha pagado la nómina completa de junio y julio así como cotizados los seguros sociales... dudas:
-cuál es el procedimiento a seguir?? El INSS respecto al salario dice que se lo reclame la empresa al trabajador ¿esto es así?
-tengo que rectificar los seguros sociales o como salían negativos de este trabajador no hay que hacer nada?
-tengo que darle de baja con fecha del 12... debería por tanto, hacerle una nómina de dicha fecha con liquidación de vacaciones? Creo que no pero para asegurar.
- por convenio le corresponde indemnizacion por incapacidad, esta se paga en nómina o ya es cosa del seguro de vida?
La verdad que lo hacen complicado dando estas notificaciones con tanta fecha atrás...
Muchas gracias de antemano. Me urge bastante.
 

Raquel GR

Miembro activo
Bueno, ya estoy de nuevo por aquí para dar guerra...

Hola Saje,

Entiendo por una frase que dices, "que salian los tc negativos", que lo tenias en pago delegado, con lo que ¿quien leches te ha dicho que le reclames salario? jajajaja.

No hay salario que reclamar, no le has pagado tu, en todo caso el INSS te pedirá información de lo que se le ha abonado en ese periodo para compensar con su pensión.

Llego tarde, espero que hayas sido avispado y no hayas ingresado la cuota de julio de este trabajador, pero si lo has hecho (que es muy posible pues quizas ya tenias el pago aceptado... esto del red....) pero bueno si lo has cotizado, tambien se lo habrás pagado, ojo tambien en delegado.

Las cotizaciones de junio desde el 12 al 30 y las de julio durante todo el mes, pues pides devolución de cuotas indebidas, aportas los tc pagados, los tc2, baja retroactiva (que te quiten el fuera de plazo, la baja con fecha del 11) y la resolución.

En cuanto a las vacaciones, se las debes abonar y la liquidación mejor pregunta en tgss, creo que como antes prorrateadas en los meses devengados con una L03

Siento no haber llegado antes.

Un saludo
 

SAJE GR

Nuevo miembro
Hola Raquel, gracias por la respuesta. Esto sigue aún en el aire. Reclamar salarios digo, porque la empresa complementa hasta el 100% de salario por convenio, y eso no lo asume Tesorería sino la empresa, por lo cual entiendo que se le ha pagado de más y que los pasos a realizar serían:
- reclamación al trabajador de las cantidades complementadas.
- solicitud de devolucion de cuotas de julio.
El problema es que de qué forma se le solicita la devolución de dichas cantidades al trabajador??
Gracias.

 

Raquel GR

Miembro activo
Vaya, pues en ese caso entiendo que sí, podeis reclamárselo al trabajador (nunca me pasó la verdad), pero entiendo que sí, mandarle primero un burofax pidíendole la devolución a ver como respira.

También tienes que pedir devolución de cuotas de la parte del mes de junio.

Saludos.
 
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