No es que el trabajador solicite la paternidad, es que la empresa, al momento de hacer el alta, y sacar el Idc, verá que el trabajador figura en periodo de suspensión. O al menos así debiera resultar. Una cosa es una IT, en que puedes estar de baja en una empresa y no en otra (según la patología, te puede imposibilitar temporalmente el trabajo, o no). Pero esto no es una IT, sino una suspensión obligatoria del contrato de trabajo.