Una empresa con un trabajador en el convenio de publicidad estatal estuvo 2,5 meses con un ERTE de reducción de jornada
El convenio de publicidad en el artículo referente a vacaciones tiene este párrafo:
"El devengo de las vacaciones será proporcional al tiempo trabajado, computándose como mes completo la fracción del mismo."
Supongo que se refiere a las incorporaciones a la empresa, pero no especifica.
Entiendo que por la reducción de jornada se reducen los días de vacaciones pero en el mes de marzo que empezó el ERTE el 16/03/20 ¿tendría que considerar todo el mes como trabajado a efectos de vacaciones?
¿Cómo lo haríais?
Gracias
El convenio de publicidad en el artículo referente a vacaciones tiene este párrafo:
"El devengo de las vacaciones será proporcional al tiempo trabajado, computándose como mes completo la fracción del mismo."
Supongo que se refiere a las incorporaciones a la empresa, pero no especifica.
Entiendo que por la reducción de jornada se reducen los días de vacaciones pero en el mes de marzo que empezó el ERTE el 16/03/20 ¿tendría que considerar todo el mes como trabajado a efectos de vacaciones?
¿Cómo lo haríais?
Gracias