VACACIONES DE TRABAJADOR EN IT

DUCAN

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Hola a tod@s, os expongo el caso: Una trabajadora que se reincorpora al trabajo en abril de 2017 después de una enfermedad desde el febrero de 2016. Al ser una empresa de menos de 10 trabajadores, la trabajadora después de los 6 meses de baja empezó a cobrar por la mutua. En este ¿caso las vacaciones del 2017 siguen siendo 30 días?.
Muchas gracias
 

Crisgogo

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Según el 38.3 ET

" En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado"

Por tanto, según el caso que nos comentas el trabajador no solo dispone de los 30 días de disfrute en el año 2017 que podrá disfrutarlo durante el año natural.

Pero hay que añadir, que sí el periodo de vacaciones correspondientes al año 2016 no fueron disfrutadas antes del proceso de incapacidad temporal iniciado en febrero 2016, tendrá derecho a disfrutarlas hasta junio de 2018.
 

fundación

Miembro conocido
Claro como dice r52... . Es un derecho que no se minora, sigue de alta en la empresa todo ese tiempo.
 
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