Buenos días compañeros,
Tengo un temita que me trae de cabeza. El convenio en cuestión es el estatal de empresas de consultoria. Su art. 40, en síntesis, dice lo siguiente:
"la trabajadora por su voluntad podrá sustituir el derecho a la reducción de jornada por lactancia por 15 días naturales a continuación del descanso de maternidad, preavisando con al menos 15 días naturales".
- Primera cuestión: Imaginaros que esta persona finaliza la maternidad hoy, mañana pide las vacaciones (30 dias), ¿pensais que tendría derecho a 15 dias naturales de lactancia? o por el contrario habría que descontar de los días de lactancia las horas acumuladas por los 30 días de vacaciones disfrutados con posterioridad a la maternidad?.
Visto desde otro punto de vista, disfruta de maternidad, acumumula horas de lactancia (15 dias), es lo que les da el convenio. ¿A Cuantos días de vacaciones tendría derecho?.
Pensad que el Convenio no regula absolutamente nada, pero la norma general es la de acumular 1 hora de lactancia hasta que el niño cumpla los 9 meses. Si por el medio disfruta de 30 dias de vacaciones me temo que perdería unos 2 días de lactancia. Eso en condiciones normales, pero el convenio la lía un poco... ¿Qué pensais?.
- Segunda cuestión: Mismo supuesto, pero a continuación de disfrutar de maternidad, vacaciones y acumulación de horas de lactancia , la trabajadora pide excedencia por unos meses.
Entiendo que el tiempo disfrutado de excedencia dentro de la referencia temporal de los 9 meses habría que descontarlo, dado que no trabajaría y, por lo tanto, no generaría derecho alguno a horas de lactancia. Pero el convenio tampoco regula nada.
¿Qué pensais en este supuesto?
Muchas gracias por vuestras opiniones.
Tengo un temita que me trae de cabeza. El convenio en cuestión es el estatal de empresas de consultoria. Su art. 40, en síntesis, dice lo siguiente:
"la trabajadora por su voluntad podrá sustituir el derecho a la reducción de jornada por lactancia por 15 días naturales a continuación del descanso de maternidad, preavisando con al menos 15 días naturales".
- Primera cuestión: Imaginaros que esta persona finaliza la maternidad hoy, mañana pide las vacaciones (30 dias), ¿pensais que tendría derecho a 15 dias naturales de lactancia? o por el contrario habría que descontar de los días de lactancia las horas acumuladas por los 30 días de vacaciones disfrutados con posterioridad a la maternidad?.
Visto desde otro punto de vista, disfruta de maternidad, acumumula horas de lactancia (15 dias), es lo que les da el convenio. ¿A Cuantos días de vacaciones tendría derecho?.
Pensad que el Convenio no regula absolutamente nada, pero la norma general es la de acumular 1 hora de lactancia hasta que el niño cumpla los 9 meses. Si por el medio disfruta de 30 dias de vacaciones me temo que perdería unos 2 días de lactancia. Eso en condiciones normales, pero el convenio la lía un poco... ¿Qué pensais?.
- Segunda cuestión: Mismo supuesto, pero a continuación de disfrutar de maternidad, vacaciones y acumulación de horas de lactancia , la trabajadora pide excedencia por unos meses.
Entiendo que el tiempo disfrutado de excedencia dentro de la referencia temporal de los 9 meses habría que descontarlo, dado que no trabajaría y, por lo tanto, no generaría derecho alguno a horas de lactancia. Pero el convenio tampoco regula nada.
¿Qué pensais en este supuesto?
Muchas gracias por vuestras opiniones.