No, el cálculo lo he hecho con días laborales. A los que he restado los festivos del año. He descargado el calendario de Madrid y los he contado. Me salía esa cifra de 243. (repasare por si…)
No he dicho nada de naturales, Nando, majo. El cálculo lo tienes arriba. Y los 15,43 días de vacaciones, según puse, serían laborables también.
Me ha parecido raro el cálculo que has hecho: parcializar las vacaciones según las horas que trabaja a la semana y no haciendo el cálculo en relación al devengo de los días totales del año: bien sean naturales o laborales. Y según le correspondan, teniendo en cuenta los días de alta en la empresa.
En cuanto a la referencia que haces constantemente de que los días hábiles no son laborales:
«Los días hábiles son desde el lunes hasta el viernes según la reforma de la ley 39/2015». (menos festivos, sí)
En una empresa que tenga abierto de lunes a viernes, daría lo mismo hablar de hábiles que de laborales. Aunque en esta empresa, como bien dices habría que mirar el calendarío laboral que tienen porque abren, también, los domingos.
Pero, bueno, el tema está interesante, a ver quién más se apunta para añadir, quitar, desdecir
Respecto al concepto de "día hábil", me refería a que habrá que tener en cuenta qué días son hábiles según el calendario de empresa y, en su caso , para cada tipo de jornada. Si estemos pensando en la jornada habitual de lunes a viernes, entonces coincide con el concepto de día hábil de la Ley 39/2015. Repito, eso será lo habitual, pero cada empresa o tipo de jornada puede tener otro esquema (trabajos de lunes a sábados, turnos...), o como el caso de este empleado, que solo trabaja 1 día a la semana (para él, este año 2023, año completo, y en la medida en que trabaje siempre en domingo, tiene 53 días hábiles.
Respecto al nº de días hábiles (considerando una jornada laboral de lunes a viernes) este año en Madrid, creo que estás olvidando los festivos locales, de ahí la diferencia (aunque debería ser de 2 días, no de 3, ya que esos son los festivos locales. Si consideramos los festivos locales de Madrid capital, ambos caen de lunes a viernes (no olvidemos que pueden haber festivos oficiales en sábado), reitero que este año tiene un total de 246 días hábiles (repito, estoy pensando en a jornada habitual de lunes a viernes, que imagino es para la que ese convenio habrá fijado los 23 días hábiles de vacaciones) y este es el detalle (es un tema que tengo controlado, puesto que una de las cosas que me toca hacer cada año es confeccionar los calendarios laborales y cuadrar la jornada anual, en horas, para todos los centros de trabajo y tipos de jornada):
Total días naturales: 365
Total Sábados 52
Total Domingos 53
Nº de festivos oficiales de lunes a viernes 14
Total días hábiles (365-52-53-14) 246
Realmente este año 2023 es bastante particular y en muchos casos, en base a calendario oficial y jornada de cada empresa, faltan horas para cumplir con la jornada anual, y es que es muy habitual que los festivos oficiales que caen de lunes a viernes estén en una horquilla de entre 11 y 13 (es decir, que entre 1 y 3 coincidan en sábado), además de sumar entre sábados y domingos un total de 105 días (suelen sumer 103 o 104). Y además no es bisiesto. Normalmente la horquilla de días hábiles anuales suele estar entre 247 y 250.
En todo caso, como he dicho, entiendo que es un dato irrelevante a efectos de determinar el devengo de vacaciones (otra cosa es el tema de la jornada anual efectiva, para lo que no es baladí el nº de días teóricamente hábiles que pueda tener cada año, y que no tienen porqué coincidir, como ahora comento). Cada mes puede tener tener un distinto número de días hábiles, pero cada mes devengo las mismas vacaciones (no devengo más vacaciones por ejemplo en julio que en diciembre, aunque, depende del lugar, diciembre puede tener 3 incluso 4 días hábiles menos que julio). No, no acabo de ver esa fórmula de cálculo.
Y vuelvo a insistir en que creo que cuando utilizamos el concepto "día hábil" no siempre estamos pensando en lo mismo o lo utilizamos en el mismo sentido. Dices que los 15,43 días que has calculado también son hábiles, pero piensa que para esta persona solo hay un día hábil a la semana, en principio el domingo, Para él eso serían 15,43 semanas.
Pero creo que ya sé a lo que te refieres, al cómputo del periodo (realmente de inicio no te había entendido). Sobre la base de que él solo trabaja un dia a la semana, cuentas 15 o 16 días "hábiles" (pero no para él, de lunes a viernes). De hecho, ahora veo que lo remarcas y con negrita en tu primera intervención, que por hábil no consideras los días de trabajo de esta persona sino los días hábiles oficiales.
En fin, para mi, y si hablamos dentro del ámbito laboral, "días hábiles" son los días en los que, según el calendario laboral de mi empresa y mi jornada, teóricamente trabajo, y si me dicen que tengo 23 días hábiles de vacaciones, entiendo que son 23 días teóricamente de trabajo para mi, pero que dejaré de trabajar por hacer vacaciones.
Probablemente lleguemos a un resultado muy similar, pero, francamente, nunca me lo había planteado así. De todas formas sigo sin estar seguro de haberte entendido, porque eso supodría al menos 3 semanas y tú hablas de dos.
También es verdad que yo estoy pensando en cómputo anual, esas 18,4 horas o 4,6 días hábiles (días hábiles del trabajador, es decir, considerando ese único día de la semana en que debe trabajar y considerando una jornada en su empresa a tiempo completo de 40 horas semanales a razón de 8 horas diarias 5 días a la semana) y tú te centras en el devengo de esta año en concreto sobre la base de que se haya incorporado el1 de mayo y que cuando desde su empresa le han indicado que le corresponden 16, se están refiriendo a justo a los de este año, no a su jornada, sino considerando el periodo de este año y contando que estará hasta fin de año, y probablemente sea así.
Si consideramos esa fecha de alta (1 de mayo), según mi planteamiento el cálculo sería (desde mayo estará 8 meses de alta)
18'4/12*8 = 12,27 horas de vacaciones o (entre 4 horas diarias) 3,06 días hábiles o laborables considerando su jornada, o, llevado a semanas, 3 semanas (en las que dejará de trabajar un día en cada una de ella, el único día para él laborable.
Y, bueno, por acabar, trato de hacer el cálculo según tu método, pero considerando los días hábiles (oficiales o trabajando de lunes a sábado y los del consultante) en cómputo anual, que me genera menos reservas (porque, repito, cada mes del año debe devegar las mismas vacaciones, tenga los días hábiles que tenga)
Este año serían:
23 __________246
X ___________ 53 (nº de domingos en 2023)
23*53/246 = 4,96 días
Ajustado a 8 meses de alta en 2023 -> 4,96/12*8 = 3,31 días
De todas formas, como he dicho, este año es muy partícular a nivel de días hábiles. Considerando 248 días hábiles anuales (que es mucho más "estándar" y un total de 52 semanas al año (trabaje el día que trabaje), tendríamos:
23 __________248
X ___________ 52
23*52/248 = 4,82 días -> ajustado a 8 meses de alta -> 4,82/12*8 = 3,22 días
En fin, resultado muy similar.
Y el que te choque mi cálculo en horas... es que a mi me toca cuadrar, en horas, todos los calendarios y jornadas de cada año y es algo que tengo muy interiorizado (al final, caigan como caigan los festivos, el nº de sábados y domingos, si es año bisiesto o no y el cómo se distribuyan las vacaciones, no debe generar que cada año o en cada centro de trabajo, segun cómo caigan los festivos autonómicos y locales de cada lugar, se trabaje un número distinto de horas, y ya os digo yo que, con una misma jornada y en base a los calendarios oficiales de cada localidad, el resultando no es siempre el mismo ni coincide con la jornada anual fijada), pero ponía el ejemplo en el que la jornada, de lunes a vierens, sea de 8 horas diarias y durante todo el año. En este caso me da lo mismo hablar de 23 días hábiles que de 184 horas (y si se trabaja media jornada, 4 horas al dia, de lunes a viernes, dará lo mismo hablar de 23 dias que de 92 horas. Al final son las horas que se deja de trabajar por hacer vacaciones y cuando se consideran las vacaciones en días hábiles (pero ya he visto que no aplicamos igual ese término, aunque los resulados acaben siendo similares.
Pero en resumen y dado que parece que en su propia empresa tampoco parecen tenerlo muy claro, y redondeando, yo le diría que trabajando 1 dia a la semana, en un año completo debería dejar de trabajar 5 días (y días hábiles para él, o laborables) y que este año, si se ha incorporado aproximadamente sobre el 1 de mayo, le corresponderán 3 días laborables o 3 semanas nauturales, como prefiera.
Madre mía si de el tema, jeje