Vacaciones trabajador en baja it

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes, empresa con trabajador en baja por enfermedad común desde el 30-12-20. A día de hoy, continúa en baja médica y le ha pedido a la empresa el importe de las vacaciones no dusfrutasas en el 2.021. Ante este hecho, me surgen las siguientes preguntas.1. ¿La empresa se las debe pagar por pedirlas así el trabajador o puede decirle que quedan pendientes para disfrutarlas cuando ya esté de alta o pagarselas como finiquito si pasara a una invalidez? 2. Durante el año 2.021 hay meses q esté trabajador cobraba unos incentivos, la forma correcta para calcular sus vacaciones sería el importe total del año 2.021 y dividir por 12? 3. Y última pregunta, ¿aparte de pagar, la empresa debe cotizar por este importe? Y de ser así, como se cotiza, por L03? Gracias, como siempre. Saludos
 

Sergei

Miembro conocido
Como dice muy bien Macalena, las únicas vacaciones que se pagan son en finiquitos. Cuando se reincorpore tendrá que disfrutarlas.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo con los compañeros.
Olvídate del debate sobre la base de cálculo de su compensación económica y sobre su cotización, al menos por este caso, que no corresponde.
Cuando le den el alta, que las disfrute. Y si finalmente hubieran trascurrido más de 18 meses desde el final del año de si devengo, esas las perderá.
Saludos
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
De acuerdo también con los compas

Las vacaciones no disfrutadas hay que informarlas en el movimiento de baja de afiliación
Las vacaciones no disfrutadas hay que pagarlas y cotizarlas e incluirlas en el certificado de empresa
Si no se informan correctamente en afiliación te devuelven la cotización con error

La única forma de coexistir cotización normal con vacaciones no disfrutadas es una nueva alta tras la baja y que se solapen periodos, pero tiene que existir una finalización de contrato si o si
 
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