Buenos dias,
Tengo una duda en finiquitar a un trabjador las vacaciones pues ha estado de IT mas 14 meses y le han conedido en fecha de Julio /2011 la PIA(pension Inc Absoluta). Ahora nos reclama el finiquito pero es que ya le hemos dado de baja en la seguridad social en fecha 14 de julio, retroactiva. Tengo fuerza alguna para decir que su periodo de vacaciones ya ha caducado (de julio a agosto es el disfrute). Se que hay una setencia en el tribunal superior de justicia que ha creado jurisprudencia en cuanto a guardar las vacaciones en situacion de IT al sigte año. Pero si fuera que sí ?? Como hago el finiquito ahora de julio ?? pago las cotizaciones de las vacaciones ?? si ya esta cobrando la pension..!! Me parece incongruente.
Gracias por aclararme el tema.
Tengo una duda en finiquitar a un trabjador las vacaciones pues ha estado de IT mas 14 meses y le han conedido en fecha de Julio /2011 la PIA(pension Inc Absoluta). Ahora nos reclama el finiquito pero es que ya le hemos dado de baja en la seguridad social en fecha 14 de julio, retroactiva. Tengo fuerza alguna para decir que su periodo de vacaciones ya ha caducado (de julio a agosto es el disfrute). Se que hay una setencia en el tribunal superior de justicia que ha creado jurisprudencia en cuanto a guardar las vacaciones en situacion de IT al sigte año. Pero si fuera que sí ?? Como hago el finiquito ahora de julio ?? pago las cotizaciones de las vacaciones ?? si ya esta cobrando la pension..!! Me parece incongruente.
Gracias por aclararme el tema.