VACACIONES

ASTRO

Miembro activo
Solo por confirmar para no perder la cabeza: 30 dias vacas anuales naturales. día libre del trabajador martes, coge vacaciones el lunes. Se contaría lunes y martes como vacas o sea dos dias, o solo un día?

gracias!
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Días naturales; ejemplos
>si la jornada habitual es de lunes a viernes: el primer dia de vacaciones puede ser el viernes pero no el sábado
y lo mismo con los festivos

Salvo mejor opinión
 

Santiago

Miembro conocido
Yo siempre recomiendo el cálculo de las vacaciones en días laborables

Y cuando se calcula en días naturales, por semanas
Si empieza el lunes las vacaciones y su festivo es el martes, yo contaría toda la semana como 7 días naturales
Al contar día naturales, si hay un festivo en medio de la semana se lo come el trabajador; típico caso del 15 de agosto
 

ASTRO

Miembro activo
Días naturales; ejemplos
>si la jornada habitual es de lunes a viernes: el primer dia de vacaciones puede ser el viernes pero no el sábado
y lo mismo con los festivos

Salvo mejor opinión
claro, entonces si su día libre es martes, y quiere vacaciónes e lunes, seria solo un dia de vacaciones gastado. Por que no hay ·escrito" que tengan que ser periodos semanales las vacaciones no?
 

Caslaboral

Miembro conocido
Las vacaciones nunca empezaran en dia festivo-de descanso y preferiblemente empezaran siempre el primer dia de la jornada regular (por lo que si el unico dia de descanso es el martes, el miercoles). A partir de alli ya los pactos que cada uno haga pues ya tal, pero si esta siendo imposicion de la empresa es un poco guarrete.

A tener en cuenta que el convenio no diga nada de lo que comenta reb, que podria ser.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, siempre es más práctico considerar las vacaciones en días hábiles, pero si tenemos que hacerlo en días hábiles naturales, siempre empezaremos el cómputo en día hábil.
¿Que hay festivos oficiales y/o descansos semanales por medio?. Bien, yo siempre digo lo mismo, al final habrá una jornada anual y que habrá que cumplirla, ¿no?
Y esa jornada anual no debería quedar alterada por la elección de fechas o sistema de cómputo de las vacaciones.
 
Última edición:

africallora

Miembro conocido
Con tu permiso y el afecto, que sabes te tengo, te lo voy a poner un poquito dificil, @Nando_bcn ;)

Trabajador que solicita las vacaciones en el mes de abril -coinciden los festivos de Semana Santa-. ¿Le darías las vacaciones en días naturales o en días hábiles?...

VACACIONES.png
 

toni

Miembro conocido
Sin entrar en el fondo del asunto, habría que ver lo que dice el convenio colectivo no? Porque igual los establece naturales o hábiles… si solamente dice por ejemplo 30 días naturales me como todos los festivos
 

toni

Miembro conocido
No seas malote, que sí que lo dicen…
Y no estoy seguro, pero en el caso de que no lo dijeran el estatuto dice que son 30 días naturales, o sea que me como los festivos
 

africallora

Miembro conocido
Si, yo si calla el convenio -que lo dudo- también me comeria todos los festivos. Le daría del 31 de marzo -viernes- al 30 de abril. Por aquello de que hay que empezar en día hábil, etc...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Con tu permiso y el afecto, que sabes te tengo, te lo voy a poner un poquito dificil, @Nando_bcn ;)

Trabajador que solicita las vacaciones en el mes de abril -coinciden los festivos de Semana Santa-. ¿Le darías las vacaciones en días naturales o en días hábiles?...

Ver el archivos adjunto 2087
Afecto mutuo, africallora.
A ver, de alguna forma ya lo hemos ido diciendo todos, aquí hay varios aspectos a considerar y será cuestión de confirmar la congruencia final.
Entre otros aspectos,
- cómo están fijadas las vacaciones (si es que lo están) en el convenio, si en días naturales o hábiles (y siempre respetando como mínimo los 30 días naturales que de forma general establece el ET, y, en su caso, pautas de disfrute.
- si existe alguna política interna al respecto de empresa (y siempre respetando, si no mejorando, lo que fija el ET y, de ser el caso, el convenio)
- cuando hablamos de fechas "peculiares" (véase Semana Santa, puentes, periodos inferiores a un semana o semanas completas, con o sin descanso semanal por medio, festivos...) hay que ver si estamos ante una elección "caprichosa" (respecto al posible cómputo) del trabajador o de la empresa (que son muchas empresas que tienen la tentación en fijar vacaciones en semanas o periodos con festivos de por medio)

Como ya he dicho, yo creo que facilita las cosas fijar las vacaciones en días hábiles, puesto que evita especulaciones, disputas sobre el cómputo... pero si, por lo que sea, las tenemos que considerar en días naturales (ya he rectificado en mi anterior respuesta en la que, por error, puse de nuevo "hábiles" cuando, obviamente, quería decir "naturales", vuelvo a lo mismo, si se solicitan (se supone que el trabajador) o se fijan (la empresa) en periodos como por ej Semana Santa, y pongo un ejemplo fácil, no habitual pero fácil, el convenio no dice nada, o simplemente reitera lo de los 30 días naturales que el ET fija de forma general y como mínimo y se solicitan/fijan (en definitiva, se disfruta) todo el mes de abril (un mes de abril como el de este año, con la Semana Santa de lleno en el mismo). Bien, uno puede decir, hemos respetado lo de los 30 días naturales de vacaciones (porque, además, es un mes justo de 30 días). Más allá de que si se trata de una fijación unilateral e interesada (justo por ese motivo, minimizar al máximo el impacto de esos 30 días naturales a nivel de días de trabajo efectivo) por parte de la empresa, en la medida en que sean fechas que tampoco tengan un especial interés para el trabajador, éste, sin duda, tendría algo que decir respecto a esa fijación unilateral de la empresa y en esas condiciones). Pero, vuelvo a lo mismo, ¿cuál es la jornada anual?. El cumplimiento de la misma puede depender de varios factores, pero sin duda, entre ellos, qué número de días de vacaciones han coincidido con días teóricamente hábiles, incluso, si me apuras, en caso de no ser todas las jornadas del mismo número de horas (por ej. jornada intensiva y algo más corta los viernes y en verano y partida y/o algo más largo el resto de días...), la jornada teórica de los días hábiles realmente disfrutados de vacaciones.
Como digo, pueden influir otros factores, pero si resulta que, disfrutando igualmente 30 días naturales de vacaciones, por las fechas o periodo de las mismas, hay quien ha dejado de trabajar, por ejemplo 23 días y otro solo 19... de acuerdo , se ha cumplido en ambos casos con lo de los 30 días naturales, pero algún impacto acabará teniendo en la jornada anual, ¿no?

Al final el resultado debe ser congruente.

No sé si me he explicado 😅
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero, por si acaso, trato de exponer ejemplos y posibles consecuencias y referidos a casos en los que debamos considerar las vacaciones en días naturales:

- me fijan o acordamos un periodo de vacaciones que respeta los 30 días naturales (o número superior si, como mejora, los fija el convenio o política de empresa), pero resulta que en dicho periodo hay varios festivos y/o por la coincidencia de descansos semanales, etc y ese periodo en días naturales me supone disfrutar de un número de días teóricamente hábiles que, de no intervenir otros factores, acaban provocando que mi jornada en cómputo anual sea superior a la fijada por convenio o en la empresa. Yo podría decir, "vale, ya me va bien este periodo, lo acepto, pero voy a trabajar un número de horas superior a la jornada anual, por lo que si lo dejamos así, ese exceso serán horas extras (ante este planteamiento tal vez la empresa opte por considerar otro sistema de cómputo, o periodo de vacaciones o simplemente asuma esas consecuencias.
En resumen, podemos entender que hemos cumplido con lo de garantizar los 30 días de vacaciones, pero existe un exceso de horas que no es baladí

- Elijo un periodo, tal vez por otros motivos, pero en el que en esos 30 días naturales (seguidos, periodos fraccionados...) acabo disfrutando cierto número de días hábiles y que, sin intervenir otros factores (ya digo que pongo casos fáciles) tienen como resultado que no llego a cumplir la jornada anual. La empresa me puede decir, "vale, aceptamos tu elección, pero esto supone que te faltaran x horas para cumplir tu jornada anual, y que, por tanto, deberás recuperar" (o se descontarán en nómina... según lo que se acuerde). Tal vez esto me lleve a contemplar otras fechas de vacaciones, o aceptar otro criterio de cómputo, o simplemente asumir el mensaje de la empresa y que tendré que recuperar esas horas.
En definitiva, planteo una elección de vacaciones que respeta los 30 días naturales pero que ocasiona que no cumpla con la jornada anual, y eso tampoco es baladí (salvo que para la empresa lo sea, o simplemente no se complique en incidir en eso, pero que asuma que tal vez otros trabajadores, cuyas vacaciones habrán supuesto un tiempo de trabajo teóricamente efectivo menor tal vez sí incidan en ello, lo vean como un agravio y gestione (la empresa) esas posibles reclamaciones o quejas),
 
Última edición:

Nando_bcn

Miembro conocido
Suponte que no dice nada 😂
Y ya imagino que no todas las empresas (y trabajadores) se plantearán el impacto que ciertos periodos de disfrute (aunque todos sean de 30 días naturales) pueden tener en la jornada anual, pero al final... esto no es una ciencia exacta pero se supone que las vacaciones se fijan por mutuo acauerdo. ¿Tu te allanarías, sin más, ante una fijación unilateral por parte de la empresa de esos 30 días naturales de vacaciones en esas condiciones??
Bueno, y si ha sido elección del trabajador, porque tiene especial interés en ese periodo y no le da más vueltas a si hay tantos festivos, tantos días hábiles... en ese periodo y la empresa lo acepta... tal vez tampoco la empresa incida (o tenga ningún interés en incidir) en el impacto que puede tener a nivel de jornada anual (pero ojo! que, y en los términos que sea, a ver si el trabajador lo acaba sacando ya a final de año y entonces a ver si se ponen de acuerdo (que si fue elección de uno, que si en eso no se repara...)
 

ASTRO

Miembro activo
madre mia la que he levantado jajaja. Mi cuestión solo es en el caso de que sean 30 dias naturales, sin decir nada mas en el convenio. Y el día de libranza del trabajador es martes. Si se coge vacaciones lunes . A) serian como un dia de vacas? porque el martes es dia de libranza no? y B). Es posible o la empresa unilateralmente pueden decicir que las vacaciones se cojan en semanas enteras? graaaaacias!
 

Caslaboral

Miembro conocido
Sobre el papel las vacaciones en dias naturales se cuentan desde el primer dia de vacaciones hasta el inmediato anterior a reincorporarse, por tanto si, serian vacaciones. Tiene logica alguna en este supuesto? No, ninguna, si empresa y trabajador estan de acuerdo en hacer vacaciones solamente el lunes descontad un dia de vacaciones solamente.

Las vacaciones deben ser siempre pactadas. Si no hay acuerdo y la empresa tira por su propia mano el trabajador esta en todo su derecho de impugnar y se decidira en juzgado.
 
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