VACACIONES

JAIMESG

Nuevo miembro
Una persona quiere disfrutar del día 7 de diciembre de vacaciones cogiendose el puente de diciembre.
Esta persona está en el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos que dice así:
"Artículo 19. Vacaciones.— Las vacaciones anuales retribuidas quedan fijadas en 23 días laborables (lunes a viernes), pudiendo disfrutarse fraccionadamente con una duración mínima de una semana.
Aquellas empresas que disfruten de forma colectiva su período reglamentario de vacaciones con cierre de la misma acomodarán el disfrute a tal circunstancia".
¿Debo entender que de coger vacaciones solamente puede optar por coger los días 7, 9, 10 13 y 14 (5 días laborables) para cumplir lo exigido de una duración mínima de una semana?.
Un saludo.
 

CrisFM

Miembro
Y que tienes contra el día 11?

es sábado y laborable, aunque no trabajen los sábados.

en mi opinión, si la empresa quiere ceñirse estricta y obligatoriamente a ese convenio, lo que me parece un poco ridículo e inflexible, sería 7, 9, 10, 11, y 13. Una semana (de martes a lunes)
 

JAIMESG

Nuevo miembro
No tengo nada contra el sábado y no creo que se discuta la laboralidad del sábado. Ahora bien, yo entiendio que el 11 sábado no se computa ya que los 23 días hábiles de vacaciones del convenio el mismo convenio los delimita entre el lunes al viernes .... Si no tengo razón por favor necesito estar convencido del tema. MUCHA GRACIAS A TODOS.
 

mario

Nuevo miembro
Una semana es una semana, no admite otras opciones, siete días seguidos. Estoy con CrisFm, semana de martes a lunes, y a efecto de cómputo de días disfrutados los que correspondan, sin más. La verdad es que no había visto nunca unas condiciones así para el disfrute de vacaciones, y menos aún tratándose de días hábiles de lunes a viernes.Saludos a todos.
 

CrisFM

Miembro
Cierto, no sé en qué estaría pensando. no contaría el sabado, pero la semana sí sería de martes a lunes 7, 9, 10 y 13 en mi opinión (consumiría 4 días)
Disculpas por el gambazo ;D
 

BSK

Miembro activo
Dando la razón de antemano a los compañeros y una vez que nos han contado lo que dice el convenio, como comentario particular decir que en ocasiones vale más la pena tener a un empleado contento que imponer lo que dice el convenio porque a la larga puede salir caro. Yo voy a tomarme el día 7 de vacaciones y ni siquiera he leído el convenio al respecto, es más, la empresa tampoco y ya os anticipo que ni lo va a leer, ni me va a poner pega alguna, pero cada empresa es un mundo.
 
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