VARIACION CONTRATO A TIEMPO PARCIAL

PEDRO

Miembro conocido
Creo que en el foro ya se trató este tema, pero me surge la duda y necesito un poco de ayuda.
Ahora cabe posibilidad de poder realizar una variación de jornada de un contrato a tiempo parcial con efectos del día de uno de cada mes, dentro de los tres primeros días del mes siguiente, pero me surge una duda:

- Si el trabajador hace mas horas ¿no serían horas complementarias y no cabría este sistema?

-  Asimismo entiendo que tendríamos que hacer un escrito de variación de jornada y firmarla empresa y trabajador.

Lo pregunto porque tengo un cliente que tiene contratada una chica 9 horas semanales para reforzar el servicio en los días de mayor demanda, en principio son 3 horas lunes, miércoles y viernes, pero me ha llamado (lo de siempre, a "toro" pasado) y me ha dicho que ha venido algún día mas horas a trabajar, que lo ha recogido en la hoja de control horario.
La única opción a mi modo de ver que me queda, es hacer una variación ahora en mayo con efectos del 1 de abril, escrito y cotizar.
Alguna opinión, ayuda..
 

PEDRO

Miembro conocido
¡Me pillaste! Cuando te refieres a novar ¿te refieres a preparar un escrito de variación de jornada? puesto que el contrato ya está firmado y registrado en el SEPE.
 

ManuelSM2

Miembro
En cuanto a las horas complementarias, para hacer uso de ellas, tendría que estar en todo caso contratada mínimo 10 horas semanales en cómputo anual.


Saludos.
 

PEDRO

Miembro conocido
Si, lo se, y tendríamos que haberlo comunicado al SEPE con carácter previo, pero ya sabéis como es esta profesión te vienen cuando está casi cadáver a que lo resucites, por eso mi pregunta y que no entendía lo de la novación que escribe Fernando.
 

IMC

Miembro activo
Tal y como dices escrito con la variación de jornada firmada por empresa y trabajador
 

PEDRO

Miembro conocido
Vale al final, como siempre hacemos, escrito firmado por ambas partes de variación de jornada con efectos del 1 de abril, y variación a la TGSS en el mes de mayo con efectos del 1 de abril con la jornada completada dicho mes.
 

fundación

Miembro conocido
Esto, ¿sigue funcionando así, y poder hacer variación en mayo con efectos anteriores a los días de plazo reglamentarios?
 

Ro

Miembro activo
Yo las variaciones las hago en la fecha que corresponda, no están fuera de plazo si las envías con fecha 1 del mes siguiente? Yo entiendo que sí..
 

PEDRO

Miembro conocido
Por eso mi pregunta Ro, porque me comentaron hace tiempo, en la propia tesorería, que sí las admitían y el sistema las acepta, no aparecen fuera de plazo, de ahí mi pregunta inicial.
 

carloslugo

Miembro activo
mucho cuidado ahora con las variaciones "fuera de plazo" ya que no las subsanan como antes ... están a ver si pillan al personal ... lo digo por que ya me ha pasado con una comunicación de jornadas reales que hice fuera de plazo .. envié escrito para que me lo arreglaran y no me hicieron puñetero caso ...
 
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