varios de extranjeria

msalem

Miembro
Buenas tardes

Tengo varios temas de extranjería, a cual de los 2 me crea más dudas:

1.- Empresa española con 2 socios y administradores, ambos residentes en España pero de nacionalidad belga. Uno de dichos socios/administradores tiene una hija de 16 años en su país de origen. La niña quiere pasar 2 semanas de vacaciones aquí en España con su padre y trabajar a la par en la empresa (es un restaurante). Sería posible su contratación en regimen general? (no lo veo) .... en autonomo - fam. colaborador - no podrá por no alcanzar las mayoria de edad.

2.-Un trabajador de una empresa de Reino Unido, vendrá a España a trabajar siendo futuro residente en España, seguirá trabajando desde España para dicha empresa de nacionalidad inglesa. Esta empresa no tiene ni sucursal, ni centro aqui en España.... como se gestiona esto a nivel de seguridad social, cotización de este trabajador,...? hay que abrir un CCC de este empresa aqui en España para dar de alta a este trabajador?

Alguien que me ilumine un poco en estos casos.

Gracias de antemano.
 

elchuske

Miembro conocido
Yo de esto no tengo ni idea pero por lo menos ya que no te contesta nadie que no te sientas solo.
A lo primero... ya hay que ser rata para traerse a la hija de vacaciones, menor de edad, y ponerla a trabajar. Pero si no conviven pues ya sabes.
A lo segundo. Nunca he pedido un CCC con el CIF extranjero. Si lo consigues me lo dices por si en algún futuro remoto me puede servir.
suerte.
 

Mafaldasur2

Miembro activo
buenas,
1. a la hija la daba de Alta como empleada con las limitaciones de menor, sin paro, ya que autónomo no puede.
2. al estar fuera del ámbito UE, la empresa según convenio Bilateral UK-SPAIN, deberá de realizar una expatriación. Si la actividad en España va a producirse y tener continuidad, pues Alta en AEAT y demás, ya en territorio español.
Otra cuestión es que esté en teletrabajo y entonces debe ser contratado en Origen bajo la normativa UK.
salvo mejor criterio
 

fundación

Miembro conocido
Si ya es trabajador de una empresa británica y le desplaza a España, pues debería actuar como en el caso contrario de un tjdor. español en empresa española desplazado allá, salvo mejor opinión.
 
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